Contenido:
RUT 2022, CÁMARA DE COMERCIO ACTUALIZADA, 2022
Estatutos de la Fundación
INFORME DE GESTIÓN 2021
FUNDACIÓN RESERVA NATURAL LA ROSA DE LOS VIENTOS
III.
REFORMA DE ESTATUTOS
CAPÍTULO
PRIMERO
NOMBRE,
NATURALEZA, DOMICILIO Y DURACIÓN
ARTÍCULO
1. Nombre. La persona jurídica, se denomina
FUNDACIÓN RESERVA NATURAL LA ROSA DE LOS VIENTOS, es una institución de
utilidad común y sin ánimo de lucro.
ARTÍCULO
2. Naturaleza. LA FUNDACIÓN RESERVA NATURAL LA
ROSA DE LOS VIENTOS , es una persona jurídica de derecho privado, de las
reguladas, en lo pertinente, por los artículos 633 a 652 del Código Civil Colombiano,
el decreto 2150 de 1995 y demás normas concordantes. Con Personería Jurídica
No. 8010012505, Cámara de Comercio de Armenia, de conformidad con las Leyes
Colombianas. Es una entidad sin ánimo de lucro, de carácter permanente,
independiente y autónomo y de utilidad común.
ARTÍCULO
3. Domicilio. El domicilio
principal de LA FUNDACIÓN RESERVA NATURAL LA ROSA DE LOS VIENTOS es en la
vereda Boquía, Municipio de Salento, departamento del Quindío, República de
Colombia; pero podrá, por determinación de la Junta Directiva, establecer sedes
o capítulos y realizar actividades en otras ciudades y/o municipios del país y
del exterior.
ARTÍCULO
4. Duración.LA FUNDACIÓN RESERVA
NATURAL LA ROSA DE LOS VIENTOS, tendrá una duración indefinida, pero podrá
disolverse anticipadamente por las causas que contempla la ley y los presentes
estatutos.
CAPÍTULO
SEGUNDO
OBJETO
SOCIAL Y DESARROLLO
ARTÍCULO
5. Fines. La FUNDACIÓN RESERVA NATURAL LA ROSA
DE LOS VIENTOS, tiene como fin la solidaridad, el interés en el bienestar común,
el mejoramiento de la calidad de vida, la equidad de género, la proyección
social, ambiental, cultural, científica, tecnológica y artística.
ARTÍCULO
6. Objeto. La Fundación tiene como objeto
contribuir en la protección, conservación, restauración, planeación y gestión
del patrimonio natural y cultural de Colombia, hacia la sostenibilidad humana y
ambiental.
ARTÍCULO
7. Los fines y objetivos específicos de
la Fundación son:
a.
Contribuir al establecimiento y manejo de reservas naturales, socializar la importancia
y responsabilidad para proteger ecosistemas nativos.
b.
Desarrollar programas de educación ambiental, ecológica, consumo y manejo de
desechos de forma responsable, producción limpia, tecnologías apropiadas y
mercados solidarios.
c.
Prestar servicios y asesorías a planteles educativos públicos o privados,
instituciones de educación superior públicas o privadas, promoviendo estudios
aplicados al campo de las ciencias naturales, sociales y humanas, que
contribuyan a un mayor conocimiento ambiental de la población.
d.
Avanzar, participar, contribuir en la inclusión de género, y desarrollo de la
mujer en la sociedad para contribuir con acciones que fomenten procesos en
contra de formas de discriminación.
e.
Contribuir en procesos de formación, promoción, gestión y realización
artística, procesos de tránsito, encuentros, residencias referentes al
patrimonio natural, cultural, procesos de estéticas contemporáneas vistas en
integración de artes, ciencia y tecnología.
f.
Promover, participar, gestionar, desarrollar y producir contenidos artísticos,
digitales y multimediales con fines artísticos, educativos, de entretenimiento
haciendo énfasis en
procesos
que relacionan arte, narrativa, ciencia y tecnología.
g.
Educar y participar en procesos de organización solidaria, democracia para la
paz, no violencia, derechos humanos, justicia restaurativa, justicia ambiental
y convivencia en colectividades sustentables.
h.
Promover valores de interculturalidad, equidad social, equidad de género,
respeto a la diferencia y cohabitación armónica con y en la naturaleza,
mediante acciones ciudadanas.
i.
Participar de forma respetuosa con comunidades étnicas y multiculturales,
conservando activos culturales y naturales.
j.
Promover, participar, gestionar y desarrollar programas de investigación
científica y artística, pasantías universitarias que involucren la creación y
divulgación de conocimiento, la conservación y usos adecuados de la
biodiversidad, como fundamento de acciones ciudadanas en la consolidación de
cultura ambiental y desarrollo sostenible.
k.
Participar con entidades privadas, públicas, ONG, grupos interdisciplinarios
ambientales, de género, culturales, promoviendo conocimientos y prácticas en
desarrollo humano, transformación integral, prácticas ancestrales en arte,
medicinas, etnobotánica, terapias complementarias, gastronomía, que contribuyan
en la sanación física, mental y espiritual para el mejoramiento de la calidad
de vida humana.
l.
Promover la planificación, gestión, educación y participación en procesos y
proyectos de género.
m.
Promover la planificación, gestión, educación y participación en procesos de
ecoturismo sostenible que integren a la población local y comunidades
anfitrionas en la implementación de acciones económicas viables, oportunidades
de empleo y servicios sociales amigables con el ambiente y el entorno cultural.
n.
Participar con entidades privadas, públicas, ONG´s y grupos interdisciplinarios
ambientales, artísticos y culturales, intergeneracionales, en la gestión
ambiental y cultural para la protección del patrimonio.
o.
Gestionar ante instituciones del Estado, entidades privadas, ONG´s nacionales e
internacionales para buscar recursos, asesoría y capacitación de sus asociados
a fin de fortalecer la Fundación en todo lo relacionado con manejo
institucional y proyección social en el manejo y conservación del patrimonio
natural y cultural.
ARTÍCULO
8. Desarrollo del objeto social
La
Fundación podrá para el cumplimiento de sus fines:
a. Organizar
las condiciones para desarrollar sus propias actividades, celebrar contratos o
convenios y asociarse con otras entidades sin ánimo de lucro, personas
jurídicas y otras asociaciones, empresas de carácter nacional o internacional.
b.
Realizar, patrocinar, organizar, sistematizar toda clase de eventos, en el país
o en el exterior, que contribuyan al cumplimiento del presente objeto social.
c.
Apoyar, patrocinar y/o facilitar la ejecución de ideas presentadas por personas
o grupos, cuyos propósitos y objetivos concuerden con los de La Fundación.
d.
Diseñar y desarrollar mecanismos de financiación y cofinanciación, inversiones
a nivel nacional, internacional, necesarios para el financiamiento y
sostenimiento de La Fundación, sus actividades y proyectos, utilizando en ambos
casos los sistemas de cooperación, administración delegada de recursos, o
cualquier otro medio.
e.
Realizar actividades y programas que propendan por el desarrollo integral y
gremial de los beneficiarios de la fundación.
f.
Efectuar todas las otras actividades y operaciones económicas, relacionadas
desde o directamente con el objeto social, para el desarrollo del mismo, el
bienestar de los asociados y la adquisición de bienes, muebles e inmuebles de
La Fundación.
g.
Realizar, directa o indirectamente, por cuenta propia o ajena, sola o mediante
consorcios, uniones temporales o alianzas estratégicas con organizaciones no
gubernamentales u organizaciones de la sociedad civil o entidades del sector
privado, nacionales o extranjeras, todas aquellas actividades encaminadas a:
Proyectar, ejecutar, administrar, coordinar, controlar o evaluar planes,
programas o proyectos, orientados a buscar el bienestar de los asociados y el
de los particulares, para tales efectos podrá asociarse, fusionarse, participar
en uniones temporales, consorcios y elaborar convenios con otras personas
naturales o jurídicas que desarrollen el mismo o similar objeto.
CAPÍTULO
TERCERO
ASOCIADAS
Y ASOCIADOS, DERECHOS, DEBERES
ARTÍCULO
9. Clases.
La
Fundación tiene inicialmente de cuatro, 4 clases de socios: Principal,
fundadores, adherentes y honorarios.
.
ASOCIADA PRINCIPAL, se designa a la creadora del proyecto inicial, Margarita
Rosa Tirado Mejía, en el cargo de Gerente General, de la Fundación, de carácter
vitalicio, es decir, que únicamente será removida por muerte, incapacidad
declarada médicamente o por retiro voluntario. tiene autoridad de nombrar los
órganos administrativos que requiera la Fundación para su funcionamiento en
conjunto con un miembro de la Junta Directiva. El cargo de Miembro Principal,
no impide para desempeñar otro cargo en la Junta Directiva (Presidente,
Vicepresidente).
. SON
ASOCIADOS Y ASOCIADAS REFUNDADORAS en el 2013, las personas que idearon,
promovieron, convocaron, generaron la Refundación de la organización e hicieron
la voluntad de compromiso, los primeros aportes económicos y orientaciones
estratégicas para su refundación.
Para
efectos de los presentes estatutos, se consideran miembros refundadores,
Margarita Rosa Tirado Mejía, María Nohemy Londoño Cuartas, Rosalba Frías
Navarro, Daniel López, quienes reelaboraron los presentes estatutos, participan
de la nueva junta y realizaron su aporte de ingreso.
. SON
ASOCIADOS Y ASOCIADAS VOLUNTARIOS, las personas naturales y jurídicas que con
posterioridad a la firma del acta de constitución, sean admitidas como tales de
conformidad con estos estatutos y reglamentos correspondientes y cancelen el
aporte económico y en especie que para tal efecto fije la Junta Directiva con
base en el estatuto marco que apruebe la Asamblea General para cada caso
específico.
. SON
ASOCIADOS Y ASOCIADAS HONORARIOS de La Fundación las personas naturales y
jurídicas que por sus actividades y aportes científicos, técnicos, artísticos
y/o económicos, contribuyen de manera significativa al cumplimiento del objeto
social de la institución. Su exaltación se hará cumpliendo la reglamentación
que la Junta Directiva expedida al respecto.
. SON
ASOCIADOS Y ASOCIADAS COOPERANTES, todas las personas naturales o jurídicas que
actuando de forma voluntaria y conforme a la ley, justificando los bienes,
hagan aportes económicos, territoriales, artísticos, científicos y tecnológicos
de forma voluntaria para el bien de la Fundación.
ARTÍCULO
10. DEBERES DE LOS ASOCIADOS Y ASOCIADAS. Serán
aquellos contenidos en la declaración de principios de La Fundación consignados
en el acta de constitución y los que se deriven de decisiones de carácter
general, adoptadas por la Asamblea General:
a)
Actuar en sinergia, con ética y lealtad, con los principios, objetivos,
actividades de la Fundación: comprometerse con los aportes ordinarios y
extraordinarios en valor económico o en bienes y servicios, según su categoría
de asociado o asociada y los tiempos personales para ello.
b)
Presentar a la junta directiva informes, en una periodicidad acordada
previamente, en relación con la planeación, gestión y ejecución del
programa, proyecto o actividades que se estén llevando a cabo y que
reflejen el estado a la fecha de las mismas.
c)
Utilizar en publicaciones, hojas de vida, correspondencia oficial o de interés
para la Fundación su condición de integrante de esta organización consolidando
una buena imagen.
d)
Cumplir los Estatutos, reglamentos, resoluciones, comisiones o trabajos asignados
por la Asamblea General, la Junta directiva o los comités de trabajo.
e)
Solicitar a la Junta directiva, con previo aviso, el uso del patrimonio natural
y cultural de la fundación, (territorios, lugares, elementos de trabajo,
documentos o informes, obras artísticas, científicas, tecnológicas, respetando
los derechos de autor).
f)
Representar con responsabilidad la participación de la Fundación en cualquier
evento al que asista en nombre de ésta y socializar oportunamente el informe,
de forma escrita, visual, auditiva y/o en otras formas creativas.
g)
Asistir puntualmente de forma presencial, virtual o delegada, a las reuniones
de la Asamblea General y de los comités de trabajo, desde la hora fijada para
su inicio hasta que se agote el orden del día.
ARTÍCULO
11. Derechos. Son derechos de los
asociados y asociadas en general:
a.
Participar en la planeación, gestión y ejecución de programas, proyectos y
actividades para el logro de los objetivos de la Fundación.
b.
Elegir y ser elegido integrante de la Junta Directiva o de los comités de
trabajo.
c.
Representar a la Fundación con el aval de la Junta Directiva en cualquier
evento o vocería institucional temporal o permanente que esté dentro de los
objetivos de la Fundación.
d.
Conocer, retroalimentar y usar de manera responsable el patrimonio intelectual,
natural y cultural de la Fundación; recibir autoría y derechos intelectuales de
los trabajos ejecutados como integrantes de la Fundación
e.
Conocer los informes y documentos que respaldan la gestión económica y
administrativa de la Junta Directiva.
f.
Retirarse voluntariamente de la Fundación y compartir para el bien común los
motivos de retiro.
ARTÍCULO
12. Límites de los Asociados y asociadas:
a.
Intervenir en asuntos que comprometan el respeto a la autonomía de los
asociados o asociadas, su buen nombre y prestigio de alguno de ellos o de la
Fundación.
b.
Discriminar, actuando como persona natural o jurídica, por circunstancia de
credo político o religioso, género, raza, nacionalidad u origen geográfico,
clase social o capacidad económica, discapacidad física o mental.
c. Usar
el nombre y demás bienes de La Fundación, con propósitos diferentes a los
objetivos, contrariando los estatutos o en beneficio particular. La
presentación de propuestas o proyectos en nombre de la Fundación debe contar
con el aval por escrito de la Junta Directiva y del Representante Legal.
d. Usar
las sedes, los espacios de ejercicio o desarrollo del objeto social como
lugares de reuniones para fines distintos a los autorizados explícitamente en
los estatutos.
PARÁGRAFO:
Las conductas irresponsables que afecten o contraríen los derechos de los
asociados y asociadas y la buena marcha de la Fundación, serán expuestas para
reflexión en busca de acuerdos y, llegando al caso de no confluir en armonía,
será solicitado el retiro voluntario del asociado o asociada.
.
Amonestaciones. Serán impuestas por la Junta Directiva, y dado el caso, con
afectaciones económicas para el asociado responsable.
.
Suspensión temporal de la calidad de asociado. La Junta Directiva podrá
suspender temporalmente a cualquier miembro en el ejercicio de sus derechos,
por cualquiera de las siguientes causales:
.
Incumplimiento en materia de sus deberes, cuando no hayan sido atendidas las
previas llamadas de atención.
.
Configuración de cualquiera de las causales de pérdida de la calidad de
asociado, mientras la Asamblea General decide.
.
Retraso en el pago de los aportes o cuotas, en la forma establecida por la
Asamblea General o la Junta Directiva, según el caso.
.
Expulsión. Será impuesta por la Junta Directiva, por cualquiera de las causales
siguientes:
.
Violar en materia grave o leve pero reiterada, los estatutos de La Fundación,
la declaración de principios o las disposiciones de la Asamblea General o de la
Junta Directiva.
.
Incurrir en algunas de las causales que se determinen en el manual ético y
moral de La Fundación.
.
Acumulación de tres suspensiones temporales.
. Otras
sanciones. También podrá imponer La Fundación otras sanciones que estime pertinentes,
siempre y cuando previamente hayan sido establecidas por la Asamblea General.
PARÁGRAFO: La
Junta Directiva decidirá en primera instancia respecto a las faltas
disciplinarias de los asociados y asociadas.
Corresponde
a la Asamblea General resolver en segunda instancia el recurso de apelación
sobre este particular.
ARTÍCULO
13. Retiro de asociados. El retiro voluntario para
los asociados lo formaliza la Junta Directiva, previa solicitud escrita del
interesado. En el momento de solicitud del retiro voluntario, cuando existan
cuentas pendientes para con La Fundación, ya sea en trabajo, proyectos, algo
inconcluso, este se podrá condicionar al pago de la deuda, de conformidad con
lo establecido en el reglamento interno.
ARTÍCULO
14. Expulsión de asociados asociadas. La
expulsión se aplicará por la Junta Directiva por votación de las dos terceras
(2/3) partes de sus integrantes.
PARÁGRAFO: La
expulsión sólo podrá realizarse previa comprobación de las irregularidades
cometidas por el implicado en detrimento de la estabilidad y el prestigio de la
institución, o de alguno de sus asociados y asociadas, con sujeción al debido
proceso observando los principios del derecho a la defensa, doble instancia,
publicidad y contradicción, legalidad de la prueba, respeto por la dignidad
humana, etc.
CAPÍTULO
CUARTO
ADMINISTRACIÓN
Y DIRECCIÓN
ARTÍCULO
15. Órganos de Administración. La Fundación tendrá
los siguientes órganos de dirección, gobierno y control:
.
Asamblea General
.
Asociada Principal Gerente
. Junta
Directiva
.
Presidente (Representante Legal)
.
Revisor Fiscal
ASAMBLEA
GENERAL
ARTÍCULO
16. Asamblea General. Ésta es autoridad
deliberante y decisoria. Estará constituida por la gerente general, asociados y
asociadas refundadores, voluntarios, honorarios y cooperantes, que estén en
ejercicio de sus derechos.
ARTÍCULO
17. Funciones. Son funciones de la Asamblea
General:
a.
Aprobar su propio reglamento.
b.
Ejercer la suprema dirección de La Fundación y velar por el cumplimiento de su
objeto social, interpretar los estatutos, fijar la orientación y política
generales de sus actividades.
c.
Reformar los estatutos de acuerdo con las previsiones de estos estatutos con
una mayoría de votos que represente la mitad más uno de los votos asistentes.
d.
Aprobar los planes y programas a desarrollar por La Fundación, propuestos para
el cumplimiento de su objeto social por la Junta Directiva, los asociados y el
Representante Legal.
e.
Elegir y remover libremente a los Miembros de la Junta Directiva y a sus
suplentes para períodos de 12 meses, por el sistema de mayoría simple y cuando
se presentasen planchas, por el sistema de cociente electoral.
f.
Elegir y remover libremente al Revisor Fiscal y a su suplente, por un período
de un año y asignarle su remuneración.
g.
Estudiar, aprobar o improbar, con carácter definitivo, el presupuesto, los
estados financieros e informes de gestión presentados a su consideración por la
Junta Directiva.
h.
Expedir los reglamentos y las disposiciones estatutarias necesarias para el
buen funcionamiento de La Fundación, en los términos de estos estatutos.
i.
Decretar la disolución y liquidación de La Fundación, aplicando la mayoría de
votos que represente la mitad más uno de los votos asistentes.
j.
Elegir el liquidador o los liquidadores y señalar la entidad o entidades que
hayan de recibir el remanente que resulte al hacerse la liquidación.
k.
Señalar, si lo estima conveniente, los aportes extraordinarios que deben hacer
los asociados y establecer las sancione diferentes de las previstas en estos
estatutos, sin que las mismas impliquen reforma estatutaria.
l.
Ordenar las acciones administrativas y judiciales que correspondan contra los
directivos, los administradores y el fiscal y reconocer, estimular y premiar
las acciones de los administradores dignas de reconocimiento.
m.
Reglamentar el ejercicio del derecho de inspección por parte de los asociados.
n.
Reglamentar la participación de los asociados en las actividades de planeación
de actividades de La Fundación.
o.
Brindar a los asociados mecanismos de vigilancia y control sobre los dineros
recaudados por concepto de cuotas de afiliación.
p.
Propender por el bienestar de los asociados.
q. Las
demás que le correspondan por naturaleza, como máximo órgano de La Fundación y
que no hayan sido asignadas por los estatutos a otro órgano.
ARTÍCULO
18. Reuniones.
La
Asamblea de Asociados se reunirá ordinariamente una vez al año, a más tardar
último día del mes de marzo y extraordinariamente cuando sea convocada por el
Presidente o su suplente. Las reuniones ordinarias tendrán como finalidad
estudiar las cuentas, el balance general de fin de ejercicio, acordar todas las
orientaciones y medidas necesarias para el cumplimiento del objeto social y
determinar las directrices generales acordes con la situación económica y
financiera de La Fundación. Las reuniones extraordinarias se efectuarán cuando
lo requieran las necesidades imprevistas o urgentes.
PARÁGRAFO:
Reuniones No Presenciales: La Asamblea General
podrá realizar las reuniones ordinarias y extraordinarias, de manera no
presencial, siempre que se encuentre participando el 70% (la totalidad) de los
asociados. Tales reuniones pueden desarrollarse con comunicaciones simultáneas
y sucesivas, es decir un medio que los reúna a todos a la vez, como el correo electrónico,
la teleconferencia, etc., o mediante comunicaciones escritas dirigidas al
Representante Legal en las cuales se manifieste la intención del voto sobre un
aspecto concreto, siempre que no pase más de un mes, desde el recibo de la
primera comunicación y la última.
ARTÍCULO
19. Convocatorias.
Las
convocatorias para reuniones ordinarias y extraordinarias, serán realizadas por
el Representante Legal, o en su ausencia por el suplente. Todas las
convocatorias se realizarán por escrito, o por correo electrónico, o por aviso
en cartelera, o por el medio más expedito que considere quien efectúe las
convocatorias. Para las reuniones ordinarias, la convocatoria se realizará con
una antelación de mínimo quince (15) días hábiles, mientras que para las reuniones
extraordinarias, se realizará con mínimo cinco (5) días calendario de
antelación, en ambos casos, para el cómputo del término no se tendrá en cuenta
ni el día en que se convoca ni el día de la reunión.
En la
convocatoria para reuniones extraordinarias se especificarán los asuntos sobre
los que se deliberará y decidirá. En las reuniones ordinarias, la Asamblea
General podrá ocuparse de temas no indicados en la convocatoria, a propuesta de
cualquiera de los asociados. La Asamblea General se reunirá válidamente
cualquier día y en cualquier lugar sin previa convocatoria, cuando se hallare
presente la totalidad de los asociados.
ARTÍCULO
20. Obligaciones
para
atender peticiones de reunir extraordinariamente la Asamblea: La Junta
Directiva dispondrá de (8) ocho días hábiles para atender o negar una petición
de convocatoria de reunión extraordinaria, formulada por el Revisor Fiscal o
por los fundadores activos.
Sólo
podrá negarse la convocatoria cuando los asuntos a tratar sean contrarios a las
normas legales, estatutarias o reglamentarias o a los objetivos de la
Fundación.
ARTÍCULO
21. Quórum.
La
Asamblea General podrá deliberar cuando se encuentren presentes o representados
un número plural de asociados que, a su vez, representen la mayoría de los
asociados y asociadas, salvo las excepciones legales y estatutarias. Las
decisiones de la Asamblea General se tomarán por un número plural de asociados
que represente la mayoría de los asociados presentes en la reunión.
ARTÍCULO
22. Mayorías.
Reunida
la Asamblea General en la forma señalada en los presentes estatutos y adoptadas
las decisiones con el número de votos previsto en estos estatutos y la ley,
obligarán a todos los asociados aún a los ausentes o disidentes, siempre que
tengan carácter general y que se ajusten a las leyes y a los estatutos.
Parágrafo
Primero: Tienen derecho a voto en las sesiones, los socios fundadores, y
adherentes que a la fecha de la sesión se encuentren al día con sus
obligaciones sociales y económicas, derivadas de su calidad de asociados de la
institución y los que no encontrándose al día hayan celebrado un acuerdo de
pago debidamente realizado bajo el reglamento que para el efecto expida la
Junta Directiva de La Fundación.
JUNTA
DIRECTIVA
ARTÍCULO
23.Naturaleza.
La
Junta Directiva es un órgano de gobierno permanente, elegido por la Asamblea
General, para un período de dos (2) años y podrán ser reelegidos. Está
integrada por tres (3) asociados activos: Gerente, Presidente, Vicepresidente,
con voz y voto y secretaría con los suplentes, con voz, sin voto.
ARTÍCULO
24. Para ser integrante de la Junta directiva se requiere:
a) Ser
integrante activo de la Fundación.
b)
Estar a paz y salvo con la tesorería en el momento de la elección.
c) No
haber tenido ningún tipo de sanción alguna por parte de la Fundación
d)
Estar en disposición de desempeñar un cargo administrativo..
PARÁGRAFO: Todo
cambio o reemplazo de uno de más integrantes de la Junta directiva se entiende
que es para completar el período.
ARTÍCULO
25. Renuncias.
Cuando
un integrante de la Junta Directiva renuncia, o sin justa causa deje de asistir
a tres (3) reuniones consecutivas o no consecutivas sin justificación, los
suplentes tomarán el cargo hasta que se designe su reemplazo con el
nombramiento de suplentes, entre los candidatos que obtuvieron mayor votación
para su cargo en la Asamblea General inmediatamente anterior o a quien a
voluntad propia quiera asumir el cargo y sea presentado ante los Miembros de la
Asamblea.
PARÁGRAFO: Cuando
por renuncias o inasistencias a la Junta Directiva quede con menos de tres
integrantes o quede vacante el cargo de Revisor fiscal, se convocará a una
Asamblea Extraordinaria. Los convocantes podrán proponer candidatos a los
cargos vacantes, los cuales serán elegidos siendo quórum, según lo acordado en
el artículo 20.
ARTÍCULO
26. Decisiones.
Las
Decisiones de la Junta directiva se tomarán, mediante resoluciones y de sus
deliberaciones se dejará constancia en actas; se constituye quórum para
deliberar y decidir la presencia de la mayoría de sus integrantes. Para elegir
o cambiar el Representante Legal se requiere el 100% de los votos.
ARTÍCULO
27. Funciones.
Son
funciones de la Junta Directiva las siguientes:
a)
Dictar las decisiones y resoluciones, dándolas a conocer a los integrantes de
la fundación mediante circulares u otro medio de información.
b)
Establecer su propio reglamento interno y el de la Asamblea General, estos
reglamentos serán puestos a discusión en cada uno de los organismos para su
aprobación final.
c)
Conceptuar acerca de la admisión y/o exclusión de integrantes, teniendo en
cuenta los siguientes estatutos y las solicitudes a la Junta directiva.
d)
Crear y nombrar los organismos y cargos administrativos que sean necesarios
para el adecuado funcionamiento de La Fundación. La Junta directiva tiene
potestad de elegir presidencia, vicepresidencia, secretaría, tesorería y
revisor fiscal; ser miembro de la junta no impide que asuma funciones
administrativas de La Fundación.
e)
Aprobar los contratos y para comprar, vender, o gravar bienes que comprometan a
La Fundación y los que señalen los estatutos, reglamentos, acuerdos de la
Asamblea o la Junta Directiva, resoluciones o demás documentos.
f)
Estudiar los informes y necesidades de los organismos internos o de los
integrantes, tratando de responder a ellas, según el presupuesto y los
programas aprobados en la Asamblea General o el determinado por la misma Junta
para este fin.
g)
Autorizar al representante legal junto a la gerencia para celebrar contratos
cuyo valor no exceda los (25) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
h)
Acordar con el Revisor fiscal, el sistema contable interno de la Fundación.
i)
Aprobar en primera instancia los informes financieros y de cuentas, aspectos
que el Presidente debe presentar luego a la Asamblea General.
j) Convocar
a las sesiones de la Asamblea General ordinaria o extraordinaria cuando sea
necesario y de la forma estipulada anteriormente en estos estatutos.
k)
Examinar cuando considere necesario los archivos y estados financieros de la
Fundación.
l)
Asignar el valor de salarios, honorarios o comisiones de las personas
designadas para el funcionamiento de la Fundación (actividades administrativas,
de mercadeo y presentación y ejecución de proyectos, entre otras).
m) Las
demás que le correspondan de acuerdo a estos estatutos.
ARTÍCULO
28. Reuniones.
La
Junta Directiva sesionará ordinariamente por lo menos, una vez al mes mediante
citación escrita del Presidente de la Junta Directiva o su suplente, con tres
(3) días hábiles de anticipación y extraordinariamente para atender las
situaciones urgentes y que requieran atención inmediata, mediante citación
escrita del Presidente de la Junta Directiva o su suplente, con un día común de
antelación. El quórum deliberativo lo constituye la asistencia de por lo menos
la mitad más uno de sus integrantes y el decisorio, el voto favorable de la
mitad más uno de sus asistentes. Transcurridos los 15 minutos siguientes a la
hora a la cual fue citada la sesión, la Junta Directiva podrá deliberar y tomar
decisiones si hay el quórum decisorio.
ASOCIADA
PRINCIPAL y GERENCIA
ARTÍCULO
29. Es de carácter vitalicio en la
persona de Margarita Rosa Tirado Mejia.
Funciones. Son
funciones de la Gerencia :
a)
Comparte la representación legal de la Fundación.
b) El
cargo de Gerencia no impide desempeñar otro cargo en la Junta Directiva
(Presidente, Vicepresidente).
c)
Asegurar la dirección de La Fundación, como máxima autoridad de la misma, hasta
considerar la Asamblea como necesaria para una decisión complementaria.
d)
Nombrar en conjunto con la presidencia las personas para los cargos
administrativos que sean necesarios al funcionamiento de la Fundación.
e)
Acompañar y revisar el informe ejecutivo anual con la presidencia para
presentarlo a la junta directiva para su revisión y aprobación y socialización
posterior con la asamblea general.
f)
Conocer y participar en el seguimiento al desarrollo de los contratos que
comprometan a la Fundación y los que señalen los estatutos, reglamentos,
acuerdos de la Asamblea o la Junta Directiva, resoluciones o demás documentos.
g)
Celebrar actos y los contratos para el desarrollo del objeto social de La
Fundación.
Cuando
éstos no excedan de diez (20) salarios mínimos mensuales legales vigentes
necesita de autorización previa de la Junta Directiva.
h)
Verificar el cumplimiento de los procesos determinados por la Junta Directiva
en la formulación, gestión y ejecución de los proyectos y su presentación de
manera oportuna y con adecuada calidad.
PRESIDENCIA
DE LA JUNTA DIRECTIVA Y REPRESENTACIÓN LEGAL
ARTÍCULO
30.Elección.
La
presidencia es quien Representa legalmente de la Fundación y es elegido o
elegida por la Junta Directiva, por períodos de dos (2) años. En sus ausencias,
temporales o accidentales la Gerencia, lo reemplazará con las mismas facultades
y limitaciones. El Presidente de la Junta Directiva continuará al frente de sus
funciones hasta tanto se produzca nueva designación y entrega del cargo.
ARTÍCULO
31. Funciones.
Son
funciones de la Presidencia de la Junta Directiva:
a)
Actuar como representante legal de la Fundación.
b)
Convocar y presidir todas las Asambleas, reuniones de la Junta Directiva y
actos sociales de la Fundación.
c)
Velar por los intereses de la Fundación debiendo firmar las actas, contratos,
convenios, correspondencia especial, memorias y todos los documentos; sin dicha
firma tales actos no tendrán validez.
d)
Establecer acción jurídica a quienes malversen, destruyan o dañen los fondos o
bienes de la Fundación.
e)
Ordenar los gastos y firmar los pagos, dentro de sus limitaciones.
f)
Presentar a la Asamblea l el informe escrito sobre los planes, programas y
proyectos y el presupuesto anual de la fundación.
h)
Hacer cumplir la Ley, los estatutos, los reglamentos internos, los acuerdos de
la Asamblea, las resoluciones de la Junta Directiva, y los principios de la
fundación.
i)
Celebrar los actos y los contratos para el desarrollo del objeto social de la
Fundación, cuando éstos no excedan de veinte (20) salarios mínimos mensuales
legales vigentes, que necesita la autorización previa de la Junta Directiva.
j)
Velar por el cumplimiento de las funciones asignadas a las personas en la
realización de sus cargos y demás asuntos necesarios para el funcionamiento de
la Fundación.
l)
Proponer a consideración y aprobación de la Junta Directiva los planes, programas
y proyectos de la Fundación.
m)
Verificar el cumplimiento de los procesos determinados por la Junta Directiva
en la formulación y presentación de los proyectos, velando que se realicen de
manera oportuna y con adecuada calidad.
Parágrafo:
El Suplente de la Presidencia es Representante Legal Suplente de éste, quien
tendrá las mismas funciones, en caso de ausencia temporal o definitiva de éste.
VICEPRESIDENCIA
ARTÍCULO
32. Funciones. Son funciones de Vicepresidencia
y suplente:
a)
Informarse de las decisiones y acciones administrativas de La Fundación.
b)
Cerciorarse de que las operaciones de La Fundación, se ajusten a los tiempos y
normas legales, a los estatutos y a las decisiones de la Asamblea y de la Junta
Directiva.
c)
Informar oportunamente por escrito al Presidente de la Junta Directiva, a la
Junta Directiva, o a la Asamblea, según corresponda jerárquicamente, de las
irregularidades que observe en La Fundación y proponer las medidas para su
remedio.
d)
Velar porque se lleven regularmente la contabilidad y las actas de los órganos
directivos y porque se conserven adecuadamente la correspondencia y los
comprobantes de cuentas.
e)
Inspeccionar los bienes de La Fundación, de acuerdo al inventario, solicitar
los informes que para el efecto sean necesarios e impartir las instrucciones
pertinentes para que oportunamente se tomen las medidas de conservación y
seguridad de los mismos, así como de cualesquiera otros que a cualquier título
tenga La Fundación.
f)
Colaborar con las entidades gubernamentales que ejerzan la inspección y
vigilancia de estas entidades y rendirles los informes a que haya lugar o le
sean solicitados.
g)
Participar con voz y voto en las reuniones de la Junta Directiva
h)
Verificar la vigencia de las pólizas de seguros obligatorios.
i)
Revisar y dar aval de las calidades de los asistentes a reuniones de la
Asamblea, así como velar por el cumplimiento de las normas y disposiciones de
su funcionamiento.
j)j
Cumplir las demás atribuciones que le señalen las leyes o el reglamento y las
que, siendo compatibles con las anteriores, le encomiende la Asamblea o la
Junta Directiva.
REVISOR
FISCAL
ARTÍCULO
33.No podrá ser integrante de la
Fundación en ninguna de sus modalidades. Será nombrado por la Asamblea.
Funciones:
a)
Velar porque se lleven actualizadas la contabilidad, la ejecución presupuestal
y las actas.
b)
Velar por que la Asamblea, la Junta directiva, los Comités de Trabajo y los
asociados se ajusten en todos sus actos a las normas legales, estatutarias,
reglamentarias y a los principios de esta Fundación.
c)
Revisar las actas de la Asamblea, los libros de contabilidad y registros, la
correspondencia, los archivos y documentos de la Fundación.
d)
Informar a la Asamblea sobre la gestión administrativa de la Fundación.
e) Convocar
a Asamblea extraordinaria cuando los integrantes de la Junta Directiva
contravengan las normas legales, estatutarias o reglamentarias, o en los casos
de vacancia.
f) Dar
cuenta oportuna al órgano o funcionario competente de las irregularidades que ocurran
en el funcionamiento de la Fundación y en el desarrollo de sus operaciones.
g)
Colaborar con las entidades gubernamentales que ejerzan la inspección y
vigilancia, además de rendir los informes que le sean solicitados.
h)
Conocer los informes sobre los bienes de la fundación y las medidas de
conservación y seguridad .
i) Las
demás que le fijen las normas legales, estatutarias, reglamentarias o la
Asamblea mediante acuerdos.
SECRETARIA
ARTÍCULO
34. Funciones.
a)
Asistir a las reuniones de la Asamblea y de la Junta Directiva, elaborar y
archivar las actas, firmarlas conjuntamente con el Presidente y ponerlas a
disposición de los integrantes.
b)
Llevar el archivo general de La Fundación.
c)
Refrendar la firma del Presidente en los actos que lo requieran y firmar en
ausencia de él la correspondencia especial.
d)
Notificar, comunicar y publicar, según el procedimiento que deba seguirse en
cada caso, los acuerdos, resoluciones, programaciones, boletines y en general
divulgar, promover las actividades de la Fundación.
e)
Enviar la comunicación de la convocatoria para las reuniones ordinarias y
extraordinarias de la Junta directiva y la Asamblea.
f)
Llevar en orden alfabético el directorio actualizado de los asociados y
personas vinculadas a La Fundación.
g) Realizar
un informe del inventario general de los bienes de la Fundación y los informes
sobre su estado de conservación y seguridad.
h) Las
demás que estos estatutos, la Asamblea o la Junta Directiva le asignen.
CAPÍTULO
QUINTO
PATRIMONIO
ARTÍCULO 34. Patrimonio.El patrimonio de la Fundación
esta constituido por la totalidad de los bienes muebles e inmuebles, tangibles
e intangibles, títulos valores adquiridos o que se adquieran, archivos,
acreencias, contratos, de los cuales se llevará un inventario debidamente
valorizado.
Parágrafo:
La Fundación re emprenderá funciones en el 2013, con un fondo inicial
conformado por la suma total de un millón ochocientos los cuales fueron
aportados así: millón quinientos mil $ 1´500.000 por Daniel López y los aportes
iniciales de $100.000, de MRTM, se consignaron en la apertura de cuenta en
DAVIVIENDA AHORROS # 136100152505 por los asociados y otras donaciones en
especies y trabajo que se realicen posteriormente.
Sin
cesión de la propiedad la donación es durante el año inicial de refundación,
como donación se hace el el paralelo del contrato por valor de canon de
arrendamiento anual, adecuado un lugar para la sede principal, oficina en La
Reserva Natural La Rosa de los Vientos, para ser utilizada en forma de renta
parcial. La oficina con dotación básica cuenta con mueble de computador,
computador portátil y modem para conexión inalámbrica, 4 sillas, TV, DVD, VHS,
proyector de diapositivas, retroproyector, piañas de micrófono, dos micrófonos,
amplificador, pantalla de proyección. Proyectos escritos, libros folletos,
investigaciones realizadas hasta la fecha 2013, CD´s y Disquetes, películas.
Una cocina con estufa y nevera para 6 personas, mesa de comedor y sillas, por
un valor anual en renta de diez millones de pesos $10.000.000. Donación de la
biblioteca de la Reserva Natural La Rosa de los Vientos (inventariada) valor,
diez millones $ 10.000.000. Para un total de veinte millones de pesos
$20.000.000
Se
facilita, en valor paralelo a alquiler de renta, una moto KASUKI 115, de placas
QTL52B, modelo 2008, bajo responsabilidad de la fundación de comprarle seguro y
hacerle su mantenimiento y responsabilidad, valor en renta durante 6 meses
$1’000.000.
Maria
Nohemy Londoño C Sin cesión de la propiedad, durante el año inicial de refundación,
como donación, se hace en paralelo del contrato por valor de renta anual, un
lugar para sede alterna de la Fundación, en la calle 65 #607, barrio La
Florida, de Villamaría, Caldas, para ser utilizada como oficina en forma de
renta parcial. La oficina dotada con computador conectado a red de Wi Fi,
impresora, teléfono # 68741510, mobiliario básico, TV y DVD y cocineta, con
dotación básica, para 6 personas, mesa de comedor y sillas, por un valor anual
de diez millones de pesos, $10.000.000. Donación de la biblioteca
(inventariada) valor, diez millones $ 10.000.000. Para un total de veinte
millones de pesos $20.000.000. La Asamblea General determinará cada año la
cuota de mantenimiento y si se contrata su alquiler.
Patrimonio financiero Banco DAVIVIENDA
00.000.00
Bienes
Inmuebles y muebles
000.000.00
Prestación
de servicios asociados a la marca
00.000.00
T
Total Patrimonial
00.000.00
Cuarenta
y siete millones trescientos mil pesos.
Queda
pendiente definir el valor del Patrimonio Intangible de la Fundación ya que
está en proceso la gestión de la formulación de un proyecto de investigación
universitaria a nivel de pregrado o posgrado.
ARTÍCULO
35.Origen de los Fondos.
a) Los
aportes ordinarios y extraordinarios hechos por los asociados de la Fundación.
b) El
producto de contratos o convenios que para la prestación de servicios celebre
la Fundación.
c) El
valor de las donaciones, subsidios, aportes, contribuciones y similares, que
por parte de personas naturales o jurídicas privadas, regionales, nacionales
internacionales o extranjeras se la hagan a la Fundación.
d) Las
utilidades y rentas obtenidas de sus propios bienes.
e) En
general todos los ingresos que ha su nombre se pueda obtener lícitamente.
ARTÍCULO
36. Destino del Patrimonio. Los
bienes y fondos de la Fundación son indivisibles; ni los fundadores, ni persona
alguna derivan de la Fundación ventajas especiales, ni recibirán suma alguna
por concepto de utilidades o reparto de excedentes. Las personas naturales o
jurídicas que donen bienes no tendrán preeminencia alguna en la Fundación por
el solo hecho de la donación. Ninguna parte de las utilidades, valoraciones,
provechos, rentas o beneficios que se obtengan ingresarán en ningún momento al
patrimonio de los integrantes de la Fundación, ni aún por razón de liquidación;
las utilidades serán aplicables, en cuanto no se capitalicen, a los fines de la
Fundación y en caso de liquidación se observará lo previsto por las leyes y los
estatutos.
ARTÍCULO
37. Del Presupuesto. El presupuesto de ingresos
y egresos para el funcionamiento e inversión de la Fundación será ejecutado
durante doce (12) meses y se presentará por la Presidencia de la Junta
Directiva, para la revisión y aprobación de la Asamblea Ordinaria de cada año.
ARTÍCULO
38.Cuotas Extraordinarias. Las cuotas extraordinarias
podrán acordarse una sola vez en el ejercicio fiscal y con el exclusivo fin de
atender una ineludible e imprevista necesidad o realizar una provechosa
inversión de beneficio común, dentro de los objetivos de la Fundación. El valor
de las cuotas extraordinarias estará acorde a la necesidad.
ARTÍCULO
39. De la Conservación y Manejo de los Bienes y Fondos: La conservación,
incremento y manejo de los bienes y fondos de la Fundación están bajo la
responsabilidad de la Junta Directiva y para garantizarles, se presentarán las
finanzas y se tomarán los seguros para las cuantías que cubran los posibles
riesgos. Las primas correspondientes serán pagadas por la Fundación. Los fondos
financieros de la Fundación se mantendrán depositados en entidades bancarias,
mediante cuentas de ahorro, títulos de captación, CDT, cédulas de
capitalización nacional o extranjera abiertas a su nombre; las erogaciones se
firmarán por la representación legal o la dirección ejecutiva.
Banco
Davivienda
(6) 7451277-7454761-7459432 ,
Av Bolivar 2N-00 Parque Fundadores
Código
Swift CAFECOBB
OFICINA:FUNDADORES
SUCURSAL:ARMENIA
RED:DAVIVIENDA
DIRECCIÓN: Avenida Bolivar No. 2N-00
TELÉFONOS:(6)
7451277-7454761-7459432
HORARIO NORMAL LUNES A VIERNES:08:00 a 11:30 y 02:00 a 04:00
HORARIO ADICIONAL LUNES A VIERNES:05:00 a 08:00
HORARIO ADICIONAL SÁBADO:09:00 a 02:00
Publicado 1st November
2015 por LA ROSA DE LOS VIENTOS
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1.
mar17 de diciembre de 2015, 8:48
Our organization is based in environmental processes, to
achieve armonious life in the ways of etno-biology, intercultural embrace, with
indigenous women and communities, women peasants, workers, the first ecovillage
of women Nashira, women in Nonviolence, different collectivs for peace,
involving, spiritual eco feminism, art, educational circles, tradicional
medicines, some cientific reserch in biology, (in wich we, Reserva Natural La
Rosa de los Vientos) sponsor the hosting of the students, all we have done
until now, has not being paid, we did it, in management for others to execute
under the service like charity. With Genevieve and your Trust, is the first
time, we are asking for support to be able to go on and be sustainable.
1. Give a brief description of your organization and its current activities:
We are activist, with all groups that vist us like schools, universities,
travelers, we move towards others, we write, we dance, we sing, we create
poetry to each situation, we give support and energy, knowledge and love,
psicological group support, we do conferences, we promote spiritual circles in
all different meetings, activist in women circles.
After legaly stablished in March 15, 1998, the Foundation has work as
volunteers, growing and metting its objectives and development of
environmental, social, ecofeminist, gender, artistic, scientific management
processes as a legal entity and strategic social actor in the implementation of
different mechanisms for citizen participation, in a very poor region, were
danger and difficult life was performing, We did very intense work until I,
Margarita Rosa, was threatened with death , and pursued. However among others,
we present some of our achievements in the change of a cultural process we
impulse and create.
-We 3 women, went house by house, meeting the population, doing healing,
rehabilitation, and getting to know all people, through that we became social
activists.
-We have promote and done a big concert called: “Concierto de Libertades” =
" Freedom Concert " at the principal “Plaza de Bolivar”, Armenia,
with the presence of more than 20 artistic groups, and different schools and
organizations.
-We got the contacts and management for Public Lighting for the little town,
Boquía, a very poor and complicated population, were our Natural Reserve is
(already for 24 years), in Vereda de Boquía, work done by the Committee of
Coffee Growers.
-Proceded legal demand against the Mayor of Salento, for environmental
violation in zone adjacent to the Reserve road and the Monument “the bridge of
Amparo”.
-We serch and got the sewage system, or basic sanitation management for the
whole population of Boquia, 85 houses.
-We got through the governor of Quindio, the better rode in paviment until our
Boquía.
-denuncia
-We made legal complaint against mayor of Armenia by cutting down 450 trees
without consulting citizens;
-With the participation of members of the population and being part of the
community council (JAC of Vereda Boquía), our Foundation promote and led the
development management and creating an environmental, historical and present
culture through the project " Boquía LIVING PARK", undertaking the
following subprojects : organic gardens for food, with SENA.
-Reforestation of the rounds or sides od the river (Rio) Quindio with St.
Thomas University in Armenia.
-Program Training with the Hotel Centenario, in preparation of the population
in popular cuisine and attention to tourists.
- Installation and training in carpentry in the communal house and with their
training.
La composición accionaria de la Fundación:
ANDRADE LONDOÑO ALEJANDRA C.C. 1.053.765.447
MARGARITA ROSA TIRADO MEJÍA C.C. 24.320.249
ROSALBA FRÍAS NAVARRO C.C. 51.596.582
LONDOÑO CUARTAS MARÍA NOHEMY C.C.
24.317.914
REPRESENTANTES LEGALES PRINCIPALES:
ANDRADE LONDOÑO ALEJANDRA MARGARITA ROSA TIRADO MEJÍA
C.C.
1.053.765.447
C.C. 24.320.249
FUNDACIÓN
RESERVA NATURAL LA ROSA DE LOS VIENTOS
III.
REFORMA DE ESTATUTOS
CAPÍTULO
PRIMERO
NOMBRE,
NATURALEZA, DOMICILIO Y DURACIÓN
ARTÍCULO
1. Nombre. La persona jurídica, se denomina
FUNDACIÓN RESERVA NATURAL LA ROSA DE LOS VIENTOS, es una institución de
utilidad común y sin ánimo de lucro.
ARTÍCULO
2. Naturaleza. LA FUNDACIÓN RESERVA NATURAL LA
ROSA DE LOS VIENTOS , es una persona jurídica de derecho privado, de las
reguladas, en lo pertinente, por los artículos 633 a 652 del Código Civil Colombiano,
el decreto 2150 de 1995 y demás normas concordantes. Con Personería Jurídica
No. 8010012505, Cámara de Comercio de Armenia, de conformidad con las Leyes
Colombianas. Es una entidad sin ánimo de lucro, de carácter permanente,
independiente y autónomo y de utilidad común.
ARTÍCULO
3. Domicilio. El domicilio
principal de LA FUNDACIÓN RESERVA NATURAL LA ROSA DE LOS VIENTOS es en la
vereda Boquía, Municipio de Salento, departamento del Quindío, República de
Colombia; pero podrá, por determinación de la Junta Directiva, establecer sedes
o capítulos y realizar actividades en otras ciudades y/o municipios del país y
del exterior.
ARTÍCULO
4. Duración.LA FUNDACIÓN RESERVA
NATURAL LA ROSA DE LOS VIENTOS, tendrá una duración indefinida, pero podrá
disolverse anticipadamente por las causas que contempla la ley y los presentes
estatutos.
CAPÍTULO
SEGUNDO
OBJETO
SOCIAL Y DESARROLLO
ARTÍCULO
5. Fines. La FUNDACIÓN RESERVA NATURAL LA ROSA
DE LOS VIENTOS, tiene como fin la solidaridad, el interés en el bienestar común,
el mejoramiento de la calidad de vida, la equidad de género, la proyección
social, ambiental, cultural, científica, tecnológica y artística.
ARTÍCULO
6. Objeto. La Fundación tiene como objeto
contribuir en la protección, conservación, restauración, planeación y gestión
del patrimonio natural y cultural de Colombia, hacia la sostenibilidad humana y
ambiental.
ARTÍCULO
7. Los fines y objetivos específicos de
la Fundación son:
a.
Contribuir al establecimiento y manejo de reservas naturales, socializar la importancia
y responsabilidad para proteger ecosistemas nativos.
b.
Desarrollar programas de educación ambiental, ecológica, consumo y manejo de
desechos de forma responsable, producción limpia, tecnologías apropiadas y
mercados solidarios.
c.
Prestar servicios y asesorías a planteles educativos públicos o privados,
instituciones de educación superior públicas o privadas, promoviendo estudios
aplicados al campo de las ciencias naturales, sociales y humanas, que
contribuyan a un mayor conocimiento ambiental de la población.
d.
Avanzar, participar, contribuir en la inclusión de género, y desarrollo de la
mujer en la sociedad para contribuir con acciones que fomenten procesos en
contra de formas de discriminación.
e.
Contribuir en procesos de formación, promoción, gestión y realización
artística, procesos de tránsito, encuentros, residencias referentes al
patrimonio natural, cultural, procesos de estéticas contemporáneas vistas en
integración de artes, ciencia y tecnología.
f.
Promover, participar, gestionar, desarrollar y producir contenidos artísticos,
digitales y multimediales con fines artísticos, educativos, de entretenimiento
haciendo énfasis en
procesos
que relacionan arte, narrativa, ciencia y tecnología.
g.
Educar y participar en procesos de organización solidaria, democracia para la
paz, no violencia, derechos humanos, justicia restaurativa, justicia ambiental
y convivencia en colectividades sustentables.
h.
Promover valores de interculturalidad, equidad social, equidad de género,
respeto a la diferencia y cohabitación armónica con y en la naturaleza,
mediante acciones ciudadanas.
i.
Participar de forma respetuosa con comunidades étnicas y multiculturales,
conservando activos culturales y naturales.
j.
Promover, participar, gestionar y desarrollar programas de investigación
científica y artística, pasantías universitarias que involucren la creación y
divulgación de conocimiento, la conservación y usos adecuados de la
biodiversidad, como fundamento de acciones ciudadanas en la consolidación de
cultura ambiental y desarrollo sostenible.
k.
Participar con entidades privadas, públicas, ONG, grupos interdisciplinarios
ambientales, de género, culturales, promoviendo conocimientos y prácticas en
desarrollo humano, transformación integral, prácticas ancestrales en arte,
medicinas, etnobotánica, terapias complementarias, gastronomía, que contribuyan
en la sanación física, mental y espiritual para el mejoramiento de la calidad
de vida humana.
l.
Promover la planificación, gestión, educación y participación en procesos y
proyectos de género.
m.
Promover la planificación, gestión, educación y participación en procesos de
ecoturismo sostenible que integren a la población local y comunidades
anfitrionas en la implementación de acciones económicas viables, oportunidades
de empleo y servicios sociales amigables con el ambiente y el entorno cultural.
n.
Participar con entidades privadas, públicas, ONG´s y grupos interdisciplinarios
ambientales, artísticos y culturales, intergeneracionales, en la gestión
ambiental y cultural para la protección del patrimonio.
o.
Gestionar ante instituciones del Estado, entidades privadas, ONG´s nacionales e
internacionales para buscar recursos, asesoría y capacitación de sus asociados
a fin de fortalecer la Fundación en todo lo relacionado con manejo
institucional y proyección social en el manejo y conservación del patrimonio
natural y cultural.
ARTÍCULO
8. Desarrollo del objeto social
La
Fundación podrá para el cumplimiento de sus fines:
a. Organizar
las condiciones para desarrollar sus propias actividades, celebrar contratos o
convenios y asociarse con otras entidades sin ánimo de lucro, personas
jurídicas y otras asociaciones, empresas de carácter nacional o internacional.
b.
Realizar, patrocinar, organizar, sistematizar toda clase de eventos, en el país
o en el exterior, que contribuyan al cumplimiento del presente objeto social.
c.
Apoyar, patrocinar y/o facilitar la ejecución de ideas presentadas por personas
o grupos, cuyos propósitos y objetivos concuerden con los de La Fundación.
d.
Diseñar y desarrollar mecanismos de financiación y cofinanciación, inversiones
a nivel nacional, internacional, necesarios para el financiamiento y
sostenimiento de La Fundación, sus actividades y proyectos, utilizando en ambos
casos los sistemas de cooperación, administración delegada de recursos, o
cualquier otro medio.
e.
Realizar actividades y programas que propendan por el desarrollo integral y
gremial de los beneficiarios de la fundación.
f.
Efectuar todas las otras actividades y operaciones económicas, relacionadas
desde o directamente con el objeto social, para el desarrollo del mismo, el
bienestar de los asociados y la adquisición de bienes, muebles e inmuebles de
La Fundación.
g.
Realizar, directa o indirectamente, por cuenta propia o ajena, sola o mediante
consorcios, uniones temporales o alianzas estratégicas con organizaciones no
gubernamentales u organizaciones de la sociedad civil o entidades del sector
privado, nacionales o extranjeras, todas aquellas actividades encaminadas a:
Proyectar, ejecutar, administrar, coordinar, controlar o evaluar planes,
programas o proyectos, orientados a buscar el bienestar de los asociados y el
de los particulares, para tales efectos podrá asociarse, fusionarse, participar
en uniones temporales, consorcios y elaborar convenios con otras personas
naturales o jurídicas que desarrollen el mismo o similar objeto.
CAPÍTULO
TERCERO
ASOCIADAS
Y ASOCIADOS, DERECHOS, DEBERES
ARTÍCULO
9. Clases.
La
Fundación tiene inicialmente de cuatro, 4 clases de socios: Principal,
fundadores, adherentes y honorarios.
.
ASOCIADA PRINCIPAL, se designa a la creadora del proyecto inicial, Margarita
Rosa Tirado Mejía, en el cargo de Gerente General, de la Fundación, de carácter
vitalicio, es decir, que únicamente será removida por muerte, incapacidad
declarada médicamente o por retiro voluntario. tiene autoridad de nombrar los
órganos administrativos que requiera la Fundación para su funcionamiento en
conjunto con un miembro de la Junta Directiva. El cargo de Miembro Principal,
no impide para desempeñar otro cargo en la Junta Directiva (Presidente,
Vicepresidente).
. SON
ASOCIADOS Y ASOCIADAS REFUNDADORAS en el 2013, las personas que idearon,
promovieron, convocaron, generaron la Refundación de la organización e hicieron
la voluntad de compromiso, los primeros aportes económicos y orientaciones
estratégicas para su refundación.
Para
efectos de los presentes estatutos, se consideran miembros refundadores,
Margarita Rosa Tirado Mejía, María Nohemy Londoño Cuartas, Rosalba Frías
Navarro, Daniel López, quienes reelaboraron los presentes estatutos, participan
de la nueva junta y realizaron su aporte de ingreso.
. SON
ASOCIADOS Y ASOCIADAS VOLUNTARIOS, las personas naturales y jurídicas que con
posterioridad a la firma del acta de constitución, sean admitidas como tales de
conformidad con estos estatutos y reglamentos correspondientes y cancelen el
aporte económico y en especie que para tal efecto fije la Junta Directiva con
base en el estatuto marco que apruebe la Asamblea General para cada caso
específico.
. SON
ASOCIADOS Y ASOCIADAS HONORARIOS de La Fundación las personas naturales y
jurídicas que por sus actividades y aportes científicos, técnicos, artísticos
y/o económicos, contribuyen de manera significativa al cumplimiento del objeto
social de la institución. Su exaltación se hará cumpliendo la reglamentación
que la Junta Directiva expedida al respecto.
. SON
ASOCIADOS Y ASOCIADAS COOPERANTES, todas las personas naturales o jurídicas que
actuando de forma voluntaria y conforme a la ley, justificando los bienes,
hagan aportes económicos, territoriales, artísticos, científicos y tecnológicos
de forma voluntaria para el bien de la Fundación.
ARTÍCULO
10. DEBERES DE LOS ASOCIADOS Y ASOCIADAS. Serán
aquellos contenidos en la declaración de principios de La Fundación consignados
en el acta de constitución y los que se deriven de decisiones de carácter
general, adoptadas por la Asamblea General:
a)
Actuar en sinergia, con ética y lealtad, con los principios, objetivos,
actividades de la Fundación: comprometerse con los aportes ordinarios y
extraordinarios en valor económico o en bienes y servicios, según su categoría
de asociado o asociada y los tiempos personales para ello.
b)
Presentar a la junta directiva informes, en una periodicidad acordada
previamente, en relación con la planeación, gestión y ejecución del
programa, proyecto o actividades que se estén llevando a cabo y que
reflejen el estado a la fecha de las mismas.
c)
Utilizar en publicaciones, hojas de vida, correspondencia oficial o de interés
para la Fundación su condición de integrante de esta organización consolidando
una buena imagen.
d)
Cumplir los Estatutos, reglamentos, resoluciones, comisiones o trabajos asignados
por la Asamblea General, la Junta directiva o los comités de trabajo.
e)
Solicitar a la Junta directiva, con previo aviso, el uso del patrimonio natural
y cultural de la fundación, (territorios, lugares, elementos de trabajo,
documentos o informes, obras artísticas, científicas, tecnológicas, respetando
los derechos de autor).
f)
Representar con responsabilidad la participación de la Fundación en cualquier
evento al que asista en nombre de ésta y socializar oportunamente el informe,
de forma escrita, visual, auditiva y/o en otras formas creativas.
g)
Asistir puntualmente de forma presencial, virtual o delegada, a las reuniones
de la Asamblea General y de los comités de trabajo, desde la hora fijada para
su inicio hasta que se agote el orden del día.
ARTÍCULO
11. Derechos. Son derechos de los
asociados y asociadas en general:
a.
Participar en la planeación, gestión y ejecución de programas, proyectos y
actividades para el logro de los objetivos de la Fundación.
b.
Elegir y ser elegido integrante de la Junta Directiva o de los comités de
trabajo.
c.
Representar a la Fundación con el aval de la Junta Directiva en cualquier
evento o vocería institucional temporal o permanente que esté dentro de los
objetivos de la Fundación.
d.
Conocer, retroalimentar y usar de manera responsable el patrimonio intelectual,
natural y cultural de la Fundación; recibir autoría y derechos intelectuales de
los trabajos ejecutados como integrantes de la Fundación
e.
Conocer los informes y documentos que respaldan la gestión económica y
administrativa de la Junta Directiva.
f.
Retirarse voluntariamente de la Fundación y compartir para el bien común los
motivos de retiro.
ARTÍCULO
12. Límites de los Asociados y asociadas:
a.
Intervenir en asuntos que comprometan el respeto a la autonomía de los
asociados o asociadas, su buen nombre y prestigio de alguno de ellos o de la
Fundación.
b.
Discriminar, actuando como persona natural o jurídica, por circunstancia de
credo político o religioso, género, raza, nacionalidad u origen geográfico,
clase social o capacidad económica, discapacidad física o mental.
c. Usar
el nombre y demás bienes de La Fundación, con propósitos diferentes a los
objetivos, contrariando los estatutos o en beneficio particular. La
presentación de propuestas o proyectos en nombre de la Fundación debe contar
con el aval por escrito de la Junta Directiva y del Representante Legal.
d. Usar
las sedes, los espacios de ejercicio o desarrollo del objeto social como
lugares de reuniones para fines distintos a los autorizados explícitamente en
los estatutos.
PARÁGRAFO:
Las conductas irresponsables que afecten o contraríen los derechos de los
asociados y asociadas y la buena marcha de la Fundación, serán expuestas para
reflexión en busca de acuerdos y, llegando al caso de no confluir en armonía,
será solicitado el retiro voluntario del asociado o asociada.
.
Amonestaciones. Serán impuestas por la Junta Directiva, y dado el caso, con
afectaciones económicas para el asociado responsable.
.
Suspensión temporal de la calidad de asociado. La Junta Directiva podrá
suspender temporalmente a cualquier miembro en el ejercicio de sus derechos,
por cualquiera de las siguientes causales:
.
Incumplimiento en materia de sus deberes, cuando no hayan sido atendidas las
previas llamadas de atención.
.
Configuración de cualquiera de las causales de pérdida de la calidad de
asociado, mientras la Asamblea General decide.
.
Retraso en el pago de los aportes o cuotas, en la forma establecida por la
Asamblea General o la Junta Directiva, según el caso.
.
Expulsión. Será impuesta por la Junta Directiva, por cualquiera de las causales
siguientes:
.
Violar en materia grave o leve pero reiterada, los estatutos de La Fundación,
la declaración de principios o las disposiciones de la Asamblea General o de la
Junta Directiva.
.
Incurrir en algunas de las causales que se determinen en el manual ético y
moral de La Fundación.
.
Acumulación de tres suspensiones temporales.
. Otras
sanciones. También podrá imponer La Fundación otras sanciones que estime pertinentes,
siempre y cuando previamente hayan sido establecidas por la Asamblea General.
PARÁGRAFO: La
Junta Directiva decidirá en primera instancia respecto a las faltas
disciplinarias de los asociados y asociadas.
Corresponde
a la Asamblea General resolver en segunda instancia el recurso de apelación
sobre este particular.
ARTÍCULO
13. Retiro de asociados. El retiro voluntario para
los asociados lo formaliza la Junta Directiva, previa solicitud escrita del
interesado. En el momento de solicitud del retiro voluntario, cuando existan
cuentas pendientes para con La Fundación, ya sea en trabajo, proyectos, algo
inconcluso, este se podrá condicionar al pago de la deuda, de conformidad con
lo establecido en el reglamento interno.
ARTÍCULO
14. Expulsión de asociados asociadas. La
expulsión se aplicará por la Junta Directiva por votación de las dos terceras
(2/3) partes de sus integrantes.
PARÁGRAFO: La
expulsión sólo podrá realizarse previa comprobación de las irregularidades
cometidas por el implicado en detrimento de la estabilidad y el prestigio de la
institución, o de alguno de sus asociados y asociadas, con sujeción al debido
proceso observando los principios del derecho a la defensa, doble instancia,
publicidad y contradicción, legalidad de la prueba, respeto por la dignidad
humana, etc.
CAPÍTULO
CUARTO
ADMINISTRACIÓN
Y DIRECCIÓN
ARTÍCULO
15. Órganos de Administración. La Fundación tendrá
los siguientes órganos de dirección, gobierno y control:
.
Asamblea General
.
Asociada Principal Gerente
. Junta
Directiva
.
Presidente (Representante Legal)
.
Revisor Fiscal
ASAMBLEA
GENERAL
ARTÍCULO
16. Asamblea General. Ésta es autoridad
deliberante y decisoria. Estará constituida por la gerente general, asociados y
asociadas refundadores, voluntarios, honorarios y cooperantes, que estén en
ejercicio de sus derechos.
ARTÍCULO
17. Funciones. Son funciones de la Asamblea
General:
a.
Aprobar su propio reglamento.
b.
Ejercer la suprema dirección de La Fundación y velar por el cumplimiento de su
objeto social, interpretar los estatutos, fijar la orientación y política
generales de sus actividades.
c.
Reformar los estatutos de acuerdo con las previsiones de estos estatutos con
una mayoría de votos que represente la mitad más uno de los votos asistentes.
d.
Aprobar los planes y programas a desarrollar por La Fundación, propuestos para
el cumplimiento de su objeto social por la Junta Directiva, los asociados y el
Representante Legal.
e.
Elegir y remover libremente a los Miembros de la Junta Directiva y a sus
suplentes para períodos de 12 meses, por el sistema de mayoría simple y cuando
se presentasen planchas, por el sistema de cociente electoral.
f.
Elegir y remover libremente al Revisor Fiscal y a su suplente, por un período
de un año y asignarle su remuneración.
g.
Estudiar, aprobar o improbar, con carácter definitivo, el presupuesto, los
estados financieros e informes de gestión presentados a su consideración por la
Junta Directiva.
h.
Expedir los reglamentos y las disposiciones estatutarias necesarias para el
buen funcionamiento de La Fundación, en los términos de estos estatutos.
i.
Decretar la disolución y liquidación de La Fundación, aplicando la mayoría de
votos que represente la mitad más uno de los votos asistentes.
j.
Elegir el liquidador o los liquidadores y señalar la entidad o entidades que
hayan de recibir el remanente que resulte al hacerse la liquidación.
k.
Señalar, si lo estima conveniente, los aportes extraordinarios que deben hacer
los asociados y establecer las sancione diferentes de las previstas en estos
estatutos, sin que las mismas impliquen reforma estatutaria.
l.
Ordenar las acciones administrativas y judiciales que correspondan contra los
directivos, los administradores y el fiscal y reconocer, estimular y premiar
las acciones de los administradores dignas de reconocimiento.
m.
Reglamentar el ejercicio del derecho de inspección por parte de los asociados.
n.
Reglamentar la participación de los asociados en las actividades de planeación
de actividades de La Fundación.
o.
Brindar a los asociados mecanismos de vigilancia y control sobre los dineros
recaudados por concepto de cuotas de afiliación.
p.
Propender por el bienestar de los asociados.
q. Las
demás que le correspondan por naturaleza, como máximo órgano de La Fundación y
que no hayan sido asignadas por los estatutos a otro órgano.
ARTÍCULO
18. Reuniones.
La
Asamblea de Asociados se reunirá ordinariamente una vez al año, a más tardar
último día del mes de marzo y extraordinariamente cuando sea convocada por el
Presidente o su suplente. Las reuniones ordinarias tendrán como finalidad
estudiar las cuentas, el balance general de fin de ejercicio, acordar todas las
orientaciones y medidas necesarias para el cumplimiento del objeto social y
determinar las directrices generales acordes con la situación económica y
financiera de La Fundación. Las reuniones extraordinarias se efectuarán cuando
lo requieran las necesidades imprevistas o urgentes.
PARÁGRAFO:
Reuniones No Presenciales: La Asamblea General
podrá realizar las reuniones ordinarias y extraordinarias, de manera no
presencial, siempre que se encuentre participando el 70% (la totalidad) de los
asociados. Tales reuniones pueden desarrollarse con comunicaciones simultáneas
y sucesivas, es decir un medio que los reúna a todos a la vez, como el correo electrónico,
la teleconferencia, etc., o mediante comunicaciones escritas dirigidas al
Representante Legal en las cuales se manifieste la intención del voto sobre un
aspecto concreto, siempre que no pase más de un mes, desde el recibo de la
primera comunicación y la última.
ARTÍCULO
19. Convocatorias.
Las
convocatorias para reuniones ordinarias y extraordinarias, serán realizadas por
el Representante Legal, o en su ausencia por el suplente. Todas las
convocatorias se realizarán por escrito, o por correo electrónico, o por aviso
en cartelera, o por el medio más expedito que considere quien efectúe las
convocatorias. Para las reuniones ordinarias, la convocatoria se realizará con
una antelación de mínimo quince (15) días hábiles, mientras que para las reuniones
extraordinarias, se realizará con mínimo cinco (5) días calendario de
antelación, en ambos casos, para el cómputo del término no se tendrá en cuenta
ni el día en que se convoca ni el día de la reunión.
En la
convocatoria para reuniones extraordinarias se especificarán los asuntos sobre
los que se deliberará y decidirá. En las reuniones ordinarias, la Asamblea
General podrá ocuparse de temas no indicados en la convocatoria, a propuesta de
cualquiera de los asociados. La Asamblea General se reunirá válidamente
cualquier día y en cualquier lugar sin previa convocatoria, cuando se hallare
presente la totalidad de los asociados.
ARTÍCULO
20. Obligaciones
para
atender peticiones de reunir extraordinariamente la Asamblea: La Junta
Directiva dispondrá de (8) ocho días hábiles para atender o negar una petición
de convocatoria de reunión extraordinaria, formulada por el Revisor Fiscal o
por los fundadores activos.
Sólo
podrá negarse la convocatoria cuando los asuntos a tratar sean contrarios a las
normas legales, estatutarias o reglamentarias o a los objetivos de la
Fundación.
ARTÍCULO
21. Quórum.
La
Asamblea General podrá deliberar cuando se encuentren presentes o representados
un número plural de asociados que, a su vez, representen la mayoría de los
asociados y asociadas, salvo las excepciones legales y estatutarias. Las
decisiones de la Asamblea General se tomarán por un número plural de asociados
que represente la mayoría de los asociados presentes en la reunión.
ARTÍCULO
22. Mayorías.
Reunida
la Asamblea General en la forma señalada en los presentes estatutos y adoptadas
las decisiones con el número de votos previsto en estos estatutos y la ley,
obligarán a todos los asociados aún a los ausentes o disidentes, siempre que
tengan carácter general y que se ajusten a las leyes y a los estatutos.
Parágrafo
Primero: Tienen derecho a voto en las sesiones, los socios fundadores, y
adherentes que a la fecha de la sesión se encuentren al día con sus
obligaciones sociales y económicas, derivadas de su calidad de asociados de la
institución y los que no encontrándose al día hayan celebrado un acuerdo de
pago debidamente realizado bajo el reglamento que para el efecto expida la
Junta Directiva de La Fundación.
JUNTA
DIRECTIVA
ARTÍCULO
23.Naturaleza.
La
Junta Directiva es un órgano de gobierno permanente, elegido por la Asamblea
General, para un período de dos (2) años y podrán ser reelegidos. Está
integrada por tres (3) asociados activos: Gerente, Presidente, Vicepresidente,
con voz y voto y secretaría con los suplentes, con voz, sin voto.
ARTÍCULO
24. Para ser integrante de la Junta directiva se requiere:
a) Ser
integrante activo de la Fundación.
b)
Estar a paz y salvo con la tesorería en el momento de la elección.
c) No
haber tenido ningún tipo de sanción alguna por parte de la Fundación
d)
Estar en disposición de desempeñar un cargo administrativo..
PARÁGRAFO: Todo
cambio o reemplazo de uno de más integrantes de la Junta directiva se entiende
que es para completar el período.
ARTÍCULO
25. Renuncias.
Cuando
un integrante de la Junta Directiva renuncia, o sin justa causa deje de asistir
a tres (3) reuniones consecutivas o no consecutivas sin justificación, los
suplentes tomarán el cargo hasta que se designe su reemplazo con el
nombramiento de suplentes, entre los candidatos que obtuvieron mayor votación
para su cargo en la Asamblea General inmediatamente anterior o a quien a
voluntad propia quiera asumir el cargo y sea presentado ante los Miembros de la
Asamblea.
PARÁGRAFO: Cuando
por renuncias o inasistencias a la Junta Directiva quede con menos de tres
integrantes o quede vacante el cargo de Revisor fiscal, se convocará a una
Asamblea Extraordinaria. Los convocantes podrán proponer candidatos a los
cargos vacantes, los cuales serán elegidos siendo quórum, según lo acordado en
el artículo 20.
ARTÍCULO
26. Decisiones.
Las
Decisiones de la Junta directiva se tomarán, mediante resoluciones y de sus
deliberaciones se dejará constancia en actas; se constituye quórum para
deliberar y decidir la presencia de la mayoría de sus integrantes. Para elegir
o cambiar el Representante Legal se requiere el 100% de los votos.
ARTÍCULO
27. Funciones.
Son
funciones de la Junta Directiva las siguientes:
a)
Dictar las decisiones y resoluciones, dándolas a conocer a los integrantes de
la fundación mediante circulares u otro medio de información.
b)
Establecer su propio reglamento interno y el de la Asamblea General, estos
reglamentos serán puestos a discusión en cada uno de los organismos para su
aprobación final.
c)
Conceptuar acerca de la admisión y/o exclusión de integrantes, teniendo en
cuenta los siguientes estatutos y las solicitudes a la Junta directiva.
d)
Crear y nombrar los organismos y cargos administrativos que sean necesarios
para el adecuado funcionamiento de La Fundación. La Junta directiva tiene
potestad de elegir presidencia, vicepresidencia, secretaría, tesorería y
revisor fiscal; ser miembro de la junta no impide que asuma funciones
administrativas de La Fundación.
e)
Aprobar los contratos y para comprar, vender, o gravar bienes que comprometan a
La Fundación y los que señalen los estatutos, reglamentos, acuerdos de la
Asamblea o la Junta Directiva, resoluciones o demás documentos.
f)
Estudiar los informes y necesidades de los organismos internos o de los
integrantes, tratando de responder a ellas, según el presupuesto y los
programas aprobados en la Asamblea General o el determinado por la misma Junta
para este fin.
g)
Autorizar al representante legal junto a la gerencia para celebrar contratos
cuyo valor no exceda los (25) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
h)
Acordar con el Revisor fiscal, el sistema contable interno de la Fundación.
i)
Aprobar en primera instancia los informes financieros y de cuentas, aspectos
que el Presidente debe presentar luego a la Asamblea General.
j) Convocar
a las sesiones de la Asamblea General ordinaria o extraordinaria cuando sea
necesario y de la forma estipulada anteriormente en estos estatutos.
k)
Examinar cuando considere necesario los archivos y estados financieros de la
Fundación.
l)
Asignar el valor de salarios, honorarios o comisiones de las personas
designadas para el funcionamiento de la Fundación (actividades administrativas,
de mercadeo y presentación y ejecución de proyectos, entre otras).
m) Las
demás que le correspondan de acuerdo a estos estatutos.
ARTÍCULO
28. Reuniones.
La
Junta Directiva sesionará ordinariamente por lo menos, una vez al mes mediante
citación escrita del Presidente de la Junta Directiva o su suplente, con tres
(3) días hábiles de anticipación y extraordinariamente para atender las
situaciones urgentes y que requieran atención inmediata, mediante citación
escrita del Presidente de la Junta Directiva o su suplente, con un día común de
antelación. El quórum deliberativo lo constituye la asistencia de por lo menos
la mitad más uno de sus integrantes y el decisorio, el voto favorable de la
mitad más uno de sus asistentes. Transcurridos los 15 minutos siguientes a la
hora a la cual fue citada la sesión, la Junta Directiva podrá deliberar y tomar
decisiones si hay el quórum decisorio.
ASOCIADA
PRINCIPAL y GERENCIA
ARTÍCULO
29. Es de carácter vitalicio en la
persona de Margarita Rosa Tirado Mejia.
Funciones. Son
funciones de la Gerencia :
a)
Comparte la representación legal de la Fundación.
b) El
cargo de Gerencia no impide desempeñar otro cargo en la Junta Directiva
(Presidente, Vicepresidente).
c)
Asegurar la dirección de La Fundación, como máxima autoridad de la misma, hasta
considerar la Asamblea como necesaria para una decisión complementaria.
d)
Nombrar en conjunto con la presidencia las personas para los cargos
administrativos que sean necesarios al funcionamiento de la Fundación.
e)
Acompañar y revisar el informe ejecutivo anual con la presidencia para
presentarlo a la junta directiva para su revisión y aprobación y socialización
posterior con la asamblea general.
f)
Conocer y participar en el seguimiento al desarrollo de los contratos que
comprometan a la Fundación y los que señalen los estatutos, reglamentos,
acuerdos de la Asamblea o la Junta Directiva, resoluciones o demás documentos.
g)
Celebrar actos y los contratos para el desarrollo del objeto social de La
Fundación.
Cuando
éstos no excedan de diez (20) salarios mínimos mensuales legales vigentes
necesita de autorización previa de la Junta Directiva.
h)
Verificar el cumplimiento de los procesos determinados por la Junta Directiva
en la formulación, gestión y ejecución de los proyectos y su presentación de
manera oportuna y con adecuada calidad.
PRESIDENCIA
DE LA JUNTA DIRECTIVA Y REPRESENTACIÓN LEGAL
ARTÍCULO
30.Elección.
La
presidencia es quien Representa legalmente de la Fundación y es elegido o
elegida por la Junta Directiva, por períodos de dos (2) años. En sus ausencias,
temporales o accidentales la Gerencia, lo reemplazará con las mismas facultades
y limitaciones. El Presidente de la Junta Directiva continuará al frente de sus
funciones hasta tanto se produzca nueva designación y entrega del cargo.
ARTÍCULO
31. Funciones.
Son
funciones de la Presidencia de la Junta Directiva:
a)
Actuar como representante legal de la Fundación.
b)
Convocar y presidir todas las Asambleas, reuniones de la Junta Directiva y
actos sociales de la Fundación.
c)
Velar por los intereses de la Fundación debiendo firmar las actas, contratos,
convenios, correspondencia especial, memorias y todos los documentos; sin dicha
firma tales actos no tendrán validez.
d)
Establecer acción jurídica a quienes malversen, destruyan o dañen los fondos o
bienes de la Fundación.
e)
Ordenar los gastos y firmar los pagos, dentro de sus limitaciones.
f)
Presentar a la Asamblea l el informe escrito sobre los planes, programas y
proyectos y el presupuesto anual de la fundación.
h)
Hacer cumplir la Ley, los estatutos, los reglamentos internos, los acuerdos de
la Asamblea, las resoluciones de la Junta Directiva, y los principios de la
fundación.
i)
Celebrar los actos y los contratos para el desarrollo del objeto social de la
Fundación, cuando éstos no excedan de veinte (20) salarios mínimos mensuales
legales vigentes, que necesita la autorización previa de la Junta Directiva.
j)
Velar por el cumplimiento de las funciones asignadas a las personas en la
realización de sus cargos y demás asuntos necesarios para el funcionamiento de
la Fundación.
l)
Proponer a consideración y aprobación de la Junta Directiva los planes, programas
y proyectos de la Fundación.
m)
Verificar el cumplimiento de los procesos determinados por la Junta Directiva
en la formulación y presentación de los proyectos, velando que se realicen de
manera oportuna y con adecuada calidad.
Parágrafo:
El Suplente de la Presidencia es Representante Legal Suplente de éste, quien
tendrá las mismas funciones, en caso de ausencia temporal o definitiva de éste.
VICEPRESIDENCIA
ARTÍCULO
32. Funciones. Son funciones de Vicepresidencia
y suplente:
a)
Informarse de las decisiones y acciones administrativas de La Fundación.
b)
Cerciorarse de que las operaciones de La Fundación, se ajusten a los tiempos y
normas legales, a los estatutos y a las decisiones de la Asamblea y de la Junta
Directiva.
c)
Informar oportunamente por escrito al Presidente de la Junta Directiva, a la
Junta Directiva, o a la Asamblea, según corresponda jerárquicamente, de las
irregularidades que observe en La Fundación y proponer las medidas para su
remedio.
d)
Velar porque se lleven regularmente la contabilidad y las actas de los órganos
directivos y porque se conserven adecuadamente la correspondencia y los
comprobantes de cuentas.
e)
Inspeccionar los bienes de La Fundación, de acuerdo al inventario, solicitar
los informes que para el efecto sean necesarios e impartir las instrucciones
pertinentes para que oportunamente se tomen las medidas de conservación y
seguridad de los mismos, así como de cualesquiera otros que a cualquier título
tenga La Fundación.
f)
Colaborar con las entidades gubernamentales que ejerzan la inspección y
vigilancia de estas entidades y rendirles los informes a que haya lugar o le
sean solicitados.
g)
Participar con voz y voto en las reuniones de la Junta Directiva
h)
Verificar la vigencia de las pólizas de seguros obligatorios.
i)
Revisar y dar aval de las calidades de los asistentes a reuniones de la
Asamblea, así como velar por el cumplimiento de las normas y disposiciones de
su funcionamiento.
j)j
Cumplir las demás atribuciones que le señalen las leyes o el reglamento y las
que, siendo compatibles con las anteriores, le encomiende la Asamblea o la
Junta Directiva.
REVISOR
FISCAL
ARTÍCULO
33.No podrá ser integrante de la
Fundación en ninguna de sus modalidades. Será nombrado por la Asamblea.
Funciones:
a)
Velar porque se lleven actualizadas la contabilidad, la ejecución presupuestal
y las actas.
b)
Velar por que la Asamblea, la Junta directiva, los Comités de Trabajo y los
asociados se ajusten en todos sus actos a las normas legales, estatutarias,
reglamentarias y a los principios de esta Fundación.
c)
Revisar las actas de la Asamblea, los libros de contabilidad y registros, la
correspondencia, los archivos y documentos de la Fundación.
d)
Informar a la Asamblea sobre la gestión administrativa de la Fundación.
e) Convocar
a Asamblea extraordinaria cuando los integrantes de la Junta Directiva
contravengan las normas legales, estatutarias o reglamentarias, o en los casos
de vacancia.
f) Dar
cuenta oportuna al órgano o funcionario competente de las irregularidades que ocurran
en el funcionamiento de la Fundación y en el desarrollo de sus operaciones.
g)
Colaborar con las entidades gubernamentales que ejerzan la inspección y
vigilancia, además de rendir los informes que le sean solicitados.
h)
Conocer los informes sobre los bienes de la fundación y las medidas de
conservación y seguridad .
i) Las
demás que le fijen las normas legales, estatutarias, reglamentarias o la
Asamblea mediante acuerdos.
SECRETARIA
ARTÍCULO
34. Funciones.
a)
Asistir a las reuniones de la Asamblea y de la Junta Directiva, elaborar y
archivar las actas, firmarlas conjuntamente con el Presidente y ponerlas a
disposición de los integrantes.
b)
Llevar el archivo general de La Fundación.
c)
Refrendar la firma del Presidente en los actos que lo requieran y firmar en
ausencia de él la correspondencia especial.
d)
Notificar, comunicar y publicar, según el procedimiento que deba seguirse en
cada caso, los acuerdos, resoluciones, programaciones, boletines y en general
divulgar, promover las actividades de la Fundación.
e)
Enviar la comunicación de la convocatoria para las reuniones ordinarias y
extraordinarias de la Junta directiva y la Asamblea.
f)
Llevar en orden alfabético el directorio actualizado de los asociados y
personas vinculadas a La Fundación.
g) Realizar
un informe del inventario general de los bienes de la Fundación y los informes
sobre su estado de conservación y seguridad.
h) Las
demás que estos estatutos, la Asamblea o la Junta Directiva le asignen.
CAPÍTULO
QUINTO
PATRIMONIO
ARTÍCULO 34. Patrimonio.El patrimonio de la Fundación
esta constituido por la totalidad de los bienes muebles e inmuebles, tangibles
e intangibles, títulos valores adquiridos o que se adquieran, archivos,
acreencias, contratos, de los cuales se llevará un inventario debidamente
valorizado.
Parágrafo:
La Fundación re emprenderá funciones en el 2013, con un fondo inicial
conformado por la suma total de un millón ochocientos los cuales fueron
aportados así: millón quinientos mil $ 1´500.000 por Daniel López y los aportes
iniciales de $100.000, de MRTM, se consignaron en la apertura de cuenta en
DAVIVIENDA AHORROS # 136100152505 por los asociados y otras donaciones en
especies y trabajo que se realicen posteriormente.
Sin
cesión de la propiedad la donación es durante el año inicial de refundación,
como donación se hace el el paralelo del contrato por valor de canon de
arrendamiento anual, adecuado un lugar para la sede principal, oficina en La
Reserva Natural La Rosa de los Vientos, para ser utilizada en forma de renta
parcial. La oficina con dotación básica cuenta con mueble de computador,
computador portátil y modem para conexión inalámbrica, 4 sillas, TV, DVD, VHS,
proyector de diapositivas, retroproyector, piañas de micrófono, dos micrófonos,
amplificador, pantalla de proyección. Proyectos escritos, libros folletos,
investigaciones realizadas hasta la fecha 2013, CD´s y Disquetes, películas.
Una cocina con estufa y nevera para 6 personas, mesa de comedor y sillas, por
un valor anual en renta de diez millones de pesos $10.000.000. Donación de la
biblioteca de la Reserva Natural La Rosa de los Vientos (inventariada) valor,
diez millones $ 10.000.000. Para un total de veinte millones de pesos
$20.000.000
Se
facilita, en valor paralelo a alquiler de renta, una moto KASUKI 115, de placas
QTL52B, modelo 2008, bajo responsabilidad de la fundación de comprarle seguro y
hacerle su mantenimiento y responsabilidad, valor en renta durante 6 meses
$1’000.000.
Maria
Nohemy Londoño C Sin cesión de la propiedad, durante el año inicial de refundación,
como donación, se hace en paralelo del contrato por valor de renta anual, un
lugar para sede alterna de la Fundación, en la calle 65 #607, barrio La
Florida, de Villamaría, Caldas, para ser utilizada como oficina en forma de
renta parcial. La oficina dotada con computador conectado a red de Wi Fi,
impresora, teléfono # 68741510, mobiliario básico, TV y DVD y cocineta, con
dotación básica, para 6 personas, mesa de comedor y sillas, por un valor anual
de diez millones de pesos, $10.000.000. Donación de la biblioteca
(inventariada) valor, diez millones $ 10.000.000. Para un total de veinte
millones de pesos $20.000.000. La Asamblea General determinará cada año la
cuota de mantenimiento y si se contrata su alquiler.
Patrimonio financiero Banco DAVIVIENDA
00.000.00
Bienes
Inmuebles y muebles
000.000.00
Prestación
de servicios asociados a la marca
00.000.00
T
Total Patrimonial
00.000.00
Cuarenta
y siete millones trescientos mil pesos.
Queda
pendiente definir el valor del Patrimonio Intangible de la Fundación ya que
está en proceso la gestión de la formulación de un proyecto de investigación
universitaria a nivel de pregrado o posgrado.
ARTÍCULO
35.Origen de los Fondos.
a) Los
aportes ordinarios y extraordinarios hechos por los asociados de la Fundación.
b) El
producto de contratos o convenios que para la prestación de servicios celebre
la Fundación.
c) El
valor de las donaciones, subsidios, aportes, contribuciones y similares, que
por parte de personas naturales o jurídicas privadas, regionales, nacionales
internacionales o extranjeras se la hagan a la Fundación.
d) Las
utilidades y rentas obtenidas de sus propios bienes.
e) En
general todos los ingresos que ha su nombre se pueda obtener lícitamente.
ARTÍCULO
36. Destino del Patrimonio. Los
bienes y fondos de la Fundación son indivisibles; ni los fundadores, ni persona
alguna derivan de la Fundación ventajas especiales, ni recibirán suma alguna
por concepto de utilidades o reparto de excedentes. Las personas naturales o
jurídicas que donen bienes no tendrán preeminencia alguna en la Fundación por
el solo hecho de la donación. Ninguna parte de las utilidades, valoraciones,
provechos, rentas o beneficios que se obtengan ingresarán en ningún momento al
patrimonio de los integrantes de la Fundación, ni aún por razón de liquidación;
las utilidades serán aplicables, en cuanto no se capitalicen, a los fines de la
Fundación y en caso de liquidación se observará lo previsto por las leyes y los
estatutos.
ARTÍCULO
37. Del Presupuesto. El presupuesto de ingresos
y egresos para el funcionamiento e inversión de la Fundación será ejecutado
durante doce (12) meses y se presentará por la Presidencia de la Junta
Directiva, para la revisión y aprobación de la Asamblea Ordinaria de cada año.
ARTÍCULO
38.Cuotas Extraordinarias. Las cuotas extraordinarias
podrán acordarse una sola vez en el ejercicio fiscal y con el exclusivo fin de
atender una ineludible e imprevista necesidad o realizar una provechosa
inversión de beneficio común, dentro de los objetivos de la Fundación. El valor
de las cuotas extraordinarias estará acorde a la necesidad.
ARTÍCULO
39. De la Conservación y Manejo de los Bienes y Fondos: La conservación,
incremento y manejo de los bienes y fondos de la Fundación están bajo la
responsabilidad de la Junta Directiva y para garantizarles, se presentarán las
finanzas y se tomarán los seguros para las cuantías que cubran los posibles
riesgos. Las primas correspondientes serán pagadas por la Fundación. Los fondos
financieros de la Fundación se mantendrán depositados en entidades bancarias,
mediante cuentas de ahorro, títulos de captación, CDT, cédulas de
capitalización nacional o extranjera abiertas a su nombre; las erogaciones se
firmarán por la representación legal o la dirección ejecutiva.
Banco
Davivienda
(6) 7451277-7454761-7459432 ,
Av Bolivar 2N-00 Parque Fundadores
Código
Swift CAFECOBB
OFICINA:FUNDADORES
SUCURSAL:ARMENIA
RED:DAVIVIENDA
DIRECCIÓN: Avenida Bolivar No. 2N-00
TELÉFONOS:(6)
7451277-7454761-7459432
HORARIO NORMAL LUNES A VIERNES:08:00 a 11:30 y 02:00 a 04:00
HORARIO ADICIONAL LUNES A VIERNES:05:00 a 08:00
HORARIO ADICIONAL SÁBADO:09:00 a 02:00
Publicado 1st November
2015 por LA ROSA DE LOS VIENTOS
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1.
mar17 de diciembre de 2015, 8:48
Our organization is based in environmental processes, to
achieve armonious life in the ways of etno-biology, intercultural embrace, with
indigenous women and communities, women peasants, workers, the first ecovillage
of women Nashira, women in Nonviolence, different collectivs for peace,
involving, spiritual eco feminism, art, educational circles, tradicional
medicines, some cientific reserch in biology, (in wich we, Reserva Natural La
Rosa de los Vientos) sponsor the hosting of the students, all we have done
until now, has not being paid, we did it, in management for others to execute
under the service like charity. With Genevieve and your Trust, is the first
time, we are asking for support to be able to go on and be sustainable.
1. Give a brief description of your organization and its current activities:
We are activist, with all groups that vist us like schools, universities,
travelers, we move towards others, we write, we dance, we sing, we create
poetry to each situation, we give support and energy, knowledge and love,
psicological group support, we do conferences, we promote spiritual circles in
all different meetings, activist in women circles.
After legaly stablished in March 15, 1998, the Foundation has work as
volunteers, growing and metting its objectives and development of
environmental, social, ecofeminist, gender, artistic, scientific management
processes as a legal entity and strategic social actor in the implementation of
different mechanisms for citizen participation, in a very poor region, were
danger and difficult life was performing, We did very intense work until I,
Margarita Rosa, was threatened with death , and pursued. However among others,
we present some of our achievements in the change of a cultural process we
impulse and create.
-We 3 women, went house by house, meeting the population, doing healing,
rehabilitation, and getting to know all people, through that we became social
activists.
-We have promote and done a big concert called: “Concierto de Libertades” =
" Freedom Concert " at the principal “Plaza de Bolivar”, Armenia,
with the presence of more than 20 artistic groups, and different schools and
organizations.
-We got the contacts and management for Public Lighting for the little town,
Boquía, a very poor and complicated population, were our Natural Reserve is
(already for 24 years), in Vereda de Boquía, work done by the Committee of
Coffee Growers.
-Proceded legal demand against the Mayor of Salento, for environmental
violation in zone adjacent to the Reserve road and the Monument “the bridge of
Amparo”.
-We serch and got the sewage system, or basic sanitation management for the
whole population of Boquia, 85 houses.
-We got through the governor of Quindio, the better rode in paviment until our
Boquía.
-denuncia
-We made legal complaint against mayor of Armenia by cutting down 450 trees
without consulting citizens;
-With the participation of members of the population and being part of the
community council (JAC of Vereda Boquía), our Foundation promote and led the
development management and creating an environmental, historical and present
culture through the project " Boquía LIVING PARK", undertaking the
following subprojects : organic gardens for food, with SENA.
-Reforestation of the rounds or sides od the river (Rio) Quindio with St.
Thomas University in Armenia.
-Program Training with the Hotel Centenario, in preparation of the population
in popular cuisine and attention to tourists.
- Installation and training in carpentry in the communal house and with their
training.
La composición accionaria de la Fundación:
ANDRADE LONDOÑO ALEJANDRA C.C. 1.053.765.447
MARGARITA ROSA TIRADO MEJÍA C.C. 24.320.249
ROSALBA FRÍAS NAVARRO C.C. 51.596.582
LONDOÑO CUARTAS MARÍA NOHEMY C.C.
24.317.914
ANDRADE LONDOÑO ALEJANDRA MARGARITA ROSA TIRADO MEJÍA
C.C.
1.053.765.447 C.C. 24.320.249
CERTIFICAMOS QUE LA COMPOSICIÓN ACCIONARIA DE LA FUNDACIÓN ES:
ANDRADE LONDOÑO ALEJANDRA C.C. 1.053.765.447
MARGARITA ROSA TIRADO MEJÍA C.C. 24.320.249
ROSALBA FRÍAS NAVARRO C.C. 51.596.582
LONDOÑO CUARTAS MARÍA NOHEMY C.C. 24.317.914
REPRESENTANTES LEGALES PRINCIPALES:
ANDRADE LONDOÑO ALEJANDRA MARGARITA ROSA TIRADO MEJÍA