miércoles, 23 de marzo de 2022

ESAL DOC LEGALES 2022 FUNDACIÓN RESERVA NATURAL LA ROSA DE LOS VIENTOS


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Contenido: 

RUT 2022, CÁMARA DE COMERCIO ACTUALIZADA, 2022

Estatutos de la Fundación

INFORME DE GESTIÓN 2021 






                                                FUNDACIÓN RESERVA NATURAL LA ROSA DE LOS VIENTOS

III. REFORMA DE ESTATUTOS

CAPÍTULO PRIMERO

NOMBRE, NATURALEZA, DOMICILIO Y DURACIÓN

ARTÍCULO 1. Nombre. La persona jurídica, se denomina FUNDACIÓN RESERVA NATURAL LA ROSA DE LOS VIENTOS, es una institución de utilidad común y sin ánimo de lucro.

ARTÍCULO 2. Naturaleza. LA FUNDACIÓN RESERVA NATURAL LA ROSA DE LOS VIENTOS , es una persona jurídica de derecho privado, de las reguladas, en lo pertinente, por los artículos 633 a 652 del Código Civil Colombiano, el decreto 2150 de 1995 y demás normas concordantes. Con Personería Jurídica No. 8010012505, Cámara de Comercio de Armenia, de conformidad con las Leyes Colombianas. Es una entidad sin ánimo de lucro, de carácter permanente, independiente y autónomo y de utilidad común.

ARTÍCULO 3. Domicilio. El domicilio principal de LA FUNDACIÓN RESERVA NATURAL LA ROSA DE LOS VIENTOS es en la vereda Boquía, Municipio de Salento, departamento del Quindío, República de Colombia; pero podrá, por determinación de la Junta Directiva, establecer sedes o capítulos y realizar actividades en otras ciudades y/o municipios del país y del exterior.

ARTÍCULO 4. Duración.LA FUNDACIÓN RESERVA NATURAL LA ROSA DE LOS VIENTOS, tendrá una duración indefinida, pero podrá disolverse anticipadamente por las causas que contempla la ley y los presentes estatutos.

CAPÍTULO SEGUNDO

OBJETO SOCIAL Y DESARROLLO

ARTÍCULO 5. Fines. La FUNDACIÓN RESERVA NATURAL LA ROSA DE LOS VIENTOS, tiene como fin la solidaridad, el interés en el bienestar común, el mejoramiento de la calidad de vida, la equidad de género, la proyección social, ambiental, cultural, científica, tecnológica y artística.

ARTÍCULO 6. Objeto. La Fundación tiene como objeto contribuir en la protección, conservación, restauración, planeación y gestión del patrimonio natural y cultural de Colombia, hacia la sostenibilidad humana y ambiental.

ARTÍCULO 7. Los fines y objetivos específicos de la Fundación son:

a. Contribuir al establecimiento y manejo de reservas naturales, socializar la importancia y responsabilidad para proteger ecosistemas nativos.

b. Desarrollar programas de educación ambiental, ecológica, consumo y manejo de desechos de forma responsable, producción limpia, tecnologías apropiadas y mercados solidarios.

c. Prestar servicios y asesorías a planteles educativos públicos o privados, instituciones de educación superior públicas o privadas, promoviendo estudios aplicados al campo de las ciencias naturales, sociales y humanas, que contribuyan a un mayor conocimiento ambiental de la población.

d. Avanzar, participar, contribuir en la inclusión de género, y desarrollo de la mujer en la sociedad para contribuir con acciones que fomenten procesos en contra de formas de discriminación.

e. Contribuir en procesos de formación, promoción, gestión y realización artística, procesos de tránsito, encuentros, residencias referentes al patrimonio natural, cultural, procesos de estéticas contemporáneas vistas en integración de artes, ciencia y tecnología.

f. Promover, participar, gestionar, desarrollar y producir contenidos artísticos, digitales y multimediales con fines artísticos, educativos, de entretenimiento haciendo énfasis en

procesos que relacionan arte, narrativa, ciencia y tecnología.

g. Educar y participar en procesos de organización solidaria, democracia para la paz, no violencia, derechos humanos, justicia restaurativa, justicia ambiental y convivencia en colectividades sustentables.

h. Promover valores de interculturalidad, equidad social, equidad de género, respeto a la diferencia y cohabitación armónica con y en la naturaleza, mediante acciones ciudadanas.

i. Participar de forma respetuosa con comunidades étnicas y multiculturales, conservando activos culturales y naturales.

j. Promover, participar, gestionar y desarrollar programas de investigación científica y artística, pasantías universitarias que involucren la creación y divulgación de conocimiento, la conservación y usos adecuados de la biodiversidad, como fundamento de acciones ciudadanas en la consolidación de cultura ambiental y desarrollo sostenible.

k. Participar con entidades privadas, públicas, ONG, grupos interdisciplinarios ambientales, de género, culturales, promoviendo conocimientos y prácticas en desarrollo humano, transformación integral, prácticas ancestrales en arte, medicinas, etnobotánica, terapias complementarias, gastronomía, que contribuyan en la sanación física, mental y espiritual para el mejoramiento de la calidad de vida humana.

l. Promover la planificación, gestión, educación y participación en procesos y proyectos de género.

m. Promover la planificación, gestión, educación y participación en procesos de ecoturismo sostenible que integren a la población local y comunidades anfitrionas en la implementación de acciones económicas viables, oportunidades de empleo y servicios sociales amigables con el ambiente y el entorno cultural.

n. Participar con entidades privadas, públicas, ONG´s y grupos interdisciplinarios ambientales, artísticos y culturales, intergeneracionales, en la gestión ambiental y cultural para la protección del patrimonio.

o. Gestionar ante instituciones del Estado, entidades privadas, ONG´s nacionales e internacionales para buscar recursos, asesoría y capacitación de sus asociados a fin de fortalecer la Fundación en todo lo relacionado con manejo institucional y proyección social en el manejo y conservación del patrimonio natural y cultural.

ARTÍCULO 8.  Desarrollo del objeto social

La Fundación podrá para el cumplimiento de sus fines:

a. Organizar las condiciones para desarrollar sus propias actividades, celebrar contratos o convenios y asociarse con otras entidades sin ánimo de lucro, personas jurídicas y otras asociaciones, empresas de carácter nacional o internacional.

b. Realizar, patrocinar, organizar, sistematizar toda clase de eventos, en el país o en el exterior, que contribuyan al cumplimiento del presente objeto social.

c. Apoyar, patrocinar y/o facilitar la ejecución de ideas presentadas por personas o grupos, cuyos propósitos y objetivos concuerden con los de La Fundación.

d. Diseñar y desarrollar mecanismos de financiación y cofinanciación, inversiones a nivel nacional, internacional, necesarios para el financiamiento y sostenimiento de La Fundación, sus actividades y proyectos, utilizando en ambos casos los sistemas de cooperación, administración delegada de recursos, o cualquier otro medio.

e. Realizar actividades y programas que propendan por el desarrollo integral y gremial de los beneficiarios de la fundación.

f. Efectuar todas las otras actividades y operaciones económicas, relacionadas desde o directamente con el objeto social, para el desarrollo del mismo, el bienestar de los asociados y la adquisición de bienes, muebles e inmuebles de La Fundación.

g. Realizar, directa o indirectamente, por cuenta propia o ajena, sola o mediante consorcios, uniones temporales o alianzas estratégicas con organizaciones no gubernamentales u organizaciones de la sociedad civil o entidades del sector privado, nacionales o extranjeras, todas aquellas actividades encaminadas a: Proyectar, ejecutar, administrar, coordinar, controlar o evaluar planes, programas o proyectos, orientados a buscar el bienestar de los asociados y el de los particulares, para tales efectos podrá asociarse, fusionarse, participar en uniones temporales, consorcios y elaborar convenios con otras personas naturales o jurídicas que desarrollen el mismo o similar objeto.

CAPÍTULO TERCERO

 ASOCIADAS Y ASOCIADOS, DERECHOS, DEBERES

ARTÍCULO 9. Clases.

La Fundación tiene inicialmente de cuatro, 4 clases de socios: Principal, fundadores, adherentes y honorarios.

. ASOCIADA PRINCIPAL, se designa a la creadora del proyecto inicial, Margarita Rosa Tirado Mejía, en el cargo de Gerente General, de la Fundación, de carácter vitalicio, es decir, que únicamente será removida por muerte, incapacidad declarada médicamente o por retiro voluntario. tiene autoridad de nombrar los órganos administrativos que requiera la Fundación para su funcionamiento en conjunto con un miembro de la Junta Directiva. El cargo de Miembro Principal, no impide para desempeñar otro cargo en la Junta Directiva (Presidente, Vicepresidente).

. SON ASOCIADOS Y ASOCIADAS REFUNDADORAS en el 2013, las personas que idearon, promovieron, convocaron, generaron la Refundación de la organización e hicieron la voluntad de compromiso, los primeros aportes económicos y orientaciones estratégicas para su refundación.

Para efectos de los presentes estatutos, se consideran miembros refundadores,  Margarita Rosa Tirado Mejía, María Nohemy Londoño Cuartas, Rosalba Frías Navarro, Daniel López, quienes reelaboraron los presentes estatutos, participan de la nueva junta y realizaron su aporte de ingreso.

. SON ASOCIADOS Y ASOCIADAS VOLUNTARIOS, las personas naturales y jurídicas que con posterioridad a la firma del acta de constitución, sean admitidas como tales de conformidad con estos estatutos y reglamentos correspondientes y cancelen el aporte económico y en especie que para tal efecto fije la Junta Directiva con base en el estatuto marco que apruebe la Asamblea General para cada caso específico.

. SON ASOCIADOS Y ASOCIADAS HONORARIOS de La Fundación las personas naturales y jurídicas que por sus actividades y aportes científicos, técnicos, artísticos y/o económicos, contribuyen de manera significativa al cumplimiento del objeto social de la institución. Su exaltación se hará cumpliendo la reglamentación que la Junta Directiva expedida al respecto.

. SON ASOCIADOS Y ASOCIADAS COOPERANTES, todas las personas naturales o jurídicas que actuando de forma voluntaria y conforme a la ley, justificando los bienes, hagan aportes económicos, territoriales, artísticos, científicos y tecnológicos de forma voluntaria para el bien de la Fundación.

 

ARTÍCULO 10. DEBERES DE LOS ASOCIADOS Y ASOCIADAS. Serán aquellos contenidos en la declaración de principios de La Fundación consignados en el acta de constitución y los que se deriven de decisiones de carácter general, adoptadas por la Asamblea General:

a) Actuar en sinergia, con ética y lealtad, con los principios, objetivos, actividades de la Fundación: comprometerse con los aportes ordinarios y extraordinarios en valor económico o en bienes y servicios, según su categoría de asociado o asociada y los tiempos personales para ello.

b) Presentar a la junta directiva informes, en una periodicidad acordada previamente, en relación con la  planeación, gestión y ejecución del programa, proyecto o actividades que se estén llevando a cabo  y que reflejen el estado a la fecha de las mismas.

c) Utilizar en publicaciones, hojas de vida, correspondencia oficial o de interés para la Fundación su condición de integrante de esta organización consolidando una buena imagen.

d) Cumplir los Estatutos, reglamentos, resoluciones, comisiones o trabajos asignados por la Asamblea General, la Junta directiva o los comités de trabajo.

e) Solicitar a la Junta directiva, con previo aviso, el uso del patrimonio natural y cultural de la fundación, (territorios, lugares, elementos de trabajo, documentos o informes, obras artísticas, científicas, tecnológicas, respetando los derechos de autor).

f) Representar con responsabilidad la participación de la Fundación en cualquier evento al que asista en nombre de ésta y socializar oportunamente el informe, de forma escrita, visual, auditiva y/o en otras formas creativas.

g) Asistir puntualmente de forma presencial, virtual o delegada, a las reuniones de la Asamblea General y de los comités de trabajo, desde la hora fijada para su inicio hasta que se agote el orden del día.

 

ARTÍCULO 11. Derechos. Son derechos de los asociados y asociadas en general:

a. Participar en la planeación, gestión y ejecución de programas, proyectos y actividades para el logro de los objetivos de la Fundación.

b. Elegir y ser elegido integrante de la Junta Directiva o de los comités de trabajo.

c. Representar a la Fundación con el aval de la Junta Directiva en cualquier evento o vocería institucional temporal o permanente que esté dentro de los objetivos de la Fundación.

d. Conocer, retroalimentar y usar de manera responsable el patrimonio intelectual, natural y cultural de la Fundación; recibir autoría y derechos intelectuales de los trabajos ejecutados como integrantes de la Fundación

e. Conocer los informes y documentos que respaldan la gestión económica y administrativa de la Junta Directiva.

f. Retirarse voluntariamente de la Fundación y compartir para el bien común los motivos de retiro.

ARTÍCULO 12. Límites de los Asociados y asociadas:

a. Intervenir en asuntos que comprometan el respeto a la autonomía de los asociados o asociadas, su buen nombre y prestigio de alguno de ellos o de la Fundación.

b. Discriminar, actuando como persona natural o jurídica, por circunstancia de credo político o religioso, género, raza, nacionalidad u origen geográfico, clase social o capacidad económica, discapacidad física o mental.

c. Usar el nombre y demás bienes de La Fundación, con propósitos diferentes a los objetivos, contrariando los estatutos o en beneficio particular. La presentación de propuestas o proyectos en nombre de la Fundación debe contar con el aval por escrito de la Junta Directiva y del Representante Legal.

d. Usar las sedes, los espacios de ejercicio o desarrollo del objeto social como lugares de reuniones para fines distintos a los autorizados explícitamente en los estatutos.

PARÁGRAFO: Las conductas irresponsables que afecten o contraríen los derechos de los asociados y asociadas y la buena marcha de la Fundación, serán expuestas para reflexión en busca de acuerdos y, llegando al caso de no confluir en armonía, será solicitado el retiro voluntario del asociado o asociada.

. Amonestaciones. Serán impuestas por la Junta Directiva, y dado el caso, con afectaciones económicas para el asociado responsable.

. Suspensión temporal de la calidad de asociado. La Junta Directiva podrá suspender temporalmente a cualquier miembro en el ejercicio de sus derechos, por cualquiera de las siguientes causales:

. Incumplimiento en materia de sus deberes, cuando no hayan sido atendidas las previas llamadas de atención.

. Configuración de cualquiera de las causales de pérdida de la calidad de asociado, mientras la Asamblea General decide.

. Retraso en el pago de los aportes o cuotas, en la forma establecida por la Asamblea  General o la Junta Directiva, según el caso.

. Expulsión. Será impuesta por la Junta Directiva, por cualquiera de las causales siguientes:

. Violar en materia grave o leve pero reiterada, los estatutos de La Fundación, la declaración de principios o las disposiciones de la Asamblea General o de la Junta Directiva.

. Incurrir en algunas de las causales que se determinen en el manual ético y moral de La Fundación.

. Acumulación de tres suspensiones temporales.

. Otras sanciones. También podrá imponer La Fundación otras sanciones que estime pertinentes, siempre y cuando previamente hayan sido establecidas por la Asamblea General.

PARÁGRAFO: La Junta Directiva decidirá en primera instancia respecto a las faltas disciplinarias de los asociados y asociadas.

Corresponde a la Asamblea General resolver en segunda instancia el recurso de apelación sobre este particular.

ARTÍCULO 13. Retiro de asociados. El retiro voluntario para los asociados lo formaliza la Junta Directiva, previa solicitud escrita del interesado. En el momento de solicitud del retiro voluntario, cuando existan cuentas pendientes para con La Fundación, ya sea en trabajo, proyectos, algo inconcluso, este se podrá condicionar al pago de la deuda, de conformidad con lo establecido en el reglamento interno.

ARTÍCULO 14. Expulsión de asociados asociadas. La expulsión se aplicará por la Junta Directiva por votación de las dos terceras (2/3) partes de sus integrantes.

PARÁGRAFO: La expulsión sólo podrá realizarse previa comprobación de las irregularidades cometidas por el implicado en detrimento de la estabilidad y el prestigio de la institución, o de alguno de sus asociados y asociadas, con sujeción al debido proceso observando los principios del derecho a la defensa, doble instancia, publicidad y contradicción, legalidad de la prueba, respeto por la dignidad humana, etc.

CAPÍTULO CUARTO

ADMINISTRACIÓN Y DIRECCIÓN

ARTÍCULO 15. Órganos de Administración. La Fundación tendrá los siguientes órganos de dirección, gobierno y control:

. Asamblea General

. Asociada Principal Gerente

. Junta Directiva

. Presidente (Representante Legal)

. Revisor Fiscal

ASAMBLEA GENERAL

ARTÍCULO 16. Asamblea General. Ésta es autoridad deliberante y decisoria. Estará constituida por la gerente general, asociados y asociadas refundadores, voluntarios, honorarios y cooperantes, que estén en ejercicio de sus derechos.

ARTÍCULO 17. Funciones. Son funciones de la Asamblea General:

a. Aprobar su propio reglamento.

b. Ejercer la suprema dirección de La Fundación y velar por el cumplimiento de su objeto social, interpretar los estatutos, fijar la orientación y política generales de sus actividades.

c. Reformar los estatutos de acuerdo con las previsiones de estos estatutos con una mayoría de votos que represente la mitad más uno de los votos asistentes.

d. Aprobar los planes y programas a desarrollar por La Fundación, propuestos para el cumplimiento de su objeto social por la Junta Directiva, los asociados y el Representante Legal.

e. Elegir y remover libremente a los Miembros de la Junta Directiva y a sus suplentes para períodos de 12 meses, por el sistema de mayoría simple y cuando se presentasen planchas, por el sistema de cociente electoral.

f. Elegir y remover libremente al Revisor Fiscal y a su suplente, por un período de un año y asignarle su remuneración.

g. Estudiar, aprobar o improbar, con carácter definitivo, el presupuesto, los estados financieros e informes de gestión presentados a su consideración por la Junta Directiva.

h. Expedir los reglamentos y las disposiciones estatutarias necesarias para el buen funcionamiento de La Fundación, en los términos de estos estatutos.

i. Decretar la disolución y liquidación de La Fundación, aplicando la mayoría de votos que represente la mitad más uno de los votos asistentes.

j. Elegir el liquidador o los liquidadores y señalar la entidad o entidades que hayan de recibir el remanente que resulte al hacerse la liquidación.

k. Señalar, si lo estima conveniente, los aportes extraordinarios que deben hacer los asociados y establecer las sancione diferentes de las previstas en estos estatutos, sin que las mismas impliquen reforma estatutaria.

l. Ordenar las acciones administrativas y judiciales que correspondan contra los directivos, los administradores y el fiscal y reconocer, estimular y premiar las acciones de los administradores dignas de reconocimiento.

m. Reglamentar el ejercicio del derecho de inspección por parte de los asociados.

n. Reglamentar la participación de los asociados en las actividades de planeación de actividades de La Fundación.

o. Brindar a los asociados mecanismos de vigilancia y control sobre los dineros recaudados por concepto de cuotas de afiliación.

p. Propender por el bienestar de los asociados.

q. Las demás que le correspondan por naturaleza, como máximo órgano de La Fundación y que no hayan sido asignadas por los estatutos a otro órgano.

ARTÍCULO 18. Reuniones.

La Asamblea de Asociados se reunirá ordinariamente una vez al año, a más tardar último día del mes de marzo y extraordinariamente cuando sea convocada por el Presidente o su suplente. Las reuniones ordinarias tendrán como finalidad estudiar las cuentas, el balance general de fin de ejercicio, acordar todas las orientaciones y medidas necesarias para el cumplimiento del objeto social y determinar las directrices generales acordes con la situación económica y financiera de La Fundación. Las reuniones extraordinarias se efectuarán cuando lo requieran las necesidades imprevistas o urgentes.

PARÁGRAFO: Reuniones No Presenciales: La Asamblea General podrá realizar las reuniones ordinarias y extraordinarias, de manera no presencial, siempre que se encuentre participando el 70% (la totalidad) de los asociados. Tales reuniones pueden desarrollarse con comunicaciones simultáneas y sucesivas, es decir un medio que los reúna a todos a la vez, como el correo electrónico, la teleconferencia, etc., o mediante comunicaciones escritas dirigidas al Representante Legal en las cuales se manifieste la intención del voto sobre un aspecto concreto, siempre que no pase más de un mes, desde el recibo de la primera comunicación y la última.

ARTÍCULO 19. Convocatorias.

Las convocatorias para reuniones ordinarias y extraordinarias, serán realizadas por el Representante Legal, o en su ausencia por el suplente. Todas las convocatorias se realizarán por escrito, o por correo electrónico, o por aviso en cartelera, o por el medio más expedito que considere quien efectúe las convocatorias. Para las reuniones ordinarias, la convocatoria se realizará con una antelación de mínimo quince (15) días hábiles, mientras que para las reuniones extraordinarias, se realizará con mínimo cinco (5) días calendario de antelación, en ambos casos, para el cómputo del término no se tendrá en cuenta ni el día en que se convoca ni el día de la reunión.

En la convocatoria para reuniones extraordinarias se especificarán los asuntos sobre los que se deliberará y decidirá. En las reuniones ordinarias, la Asamblea General podrá ocuparse de temas no indicados en la convocatoria, a propuesta de cualquiera de los asociados. La Asamblea General se reunirá válidamente cualquier día y en cualquier lugar sin previa convocatoria, cuando se hallare presente la totalidad de los asociados.

ARTÍCULO 20. Obligaciones

para atender peticiones de reunir extraordinariamente la Asamblea: La Junta Directiva dispondrá de (8) ocho días hábiles para atender o negar una petición de convocatoria de reunión extraordinaria, formulada por el Revisor Fiscal o por los fundadores activos.

Sólo podrá negarse la convocatoria cuando los asuntos a tratar sean contrarios a las normas legales, estatutarias o reglamentarias o a los objetivos de la Fundación.

ARTÍCULO 21. Quórum.

La Asamblea General podrá deliberar cuando se encuentren presentes o representados un número plural de asociados que, a su vez, representen la mayoría de los asociados y asociadas, salvo las excepciones legales y estatutarias. Las decisiones de la Asamblea General se tomarán por un número plural de asociados que represente la mayoría de los asociados presentes en la reunión.

ARTÍCULO 22. Mayorías.

Reunida la Asamblea General en la forma señalada en los presentes estatutos y adoptadas las decisiones con el número de votos previsto en estos estatutos y la ley, obligarán a todos los asociados aún a los ausentes o disidentes, siempre que tengan carácter general y que se ajusten a las leyes y a los estatutos.

Parágrafo Primero: Tienen derecho a voto en las sesiones, los socios fundadores, y adherentes que a la fecha de la sesión se encuentren al día con sus obligaciones sociales y económicas, derivadas de su calidad de asociados de la institución y los que no encontrándose al día hayan celebrado un acuerdo de pago debidamente realizado bajo el reglamento que para el efecto expida la Junta Directiva de La Fundación.

JUNTA DIRECTIVA

ARTÍCULO 23.Naturaleza.

La Junta Directiva es un órgano de gobierno permanente, elegido por la Asamblea General, para un período de dos (2) años y podrán ser reelegidos. Está integrada por tres (3) asociados activos: Gerente, Presidente, Vicepresidente, con voz y voto y secretaría con los suplentes, con voz, sin voto.

ARTÍCULO 24. Para ser integrante de la Junta directiva se requiere:

a) Ser integrante activo de la Fundación.

b) Estar a paz y salvo con la tesorería en el momento de la elección.

c) No haber tenido ningún tipo de sanción alguna por parte de la Fundación

d) Estar en disposición de desempeñar un cargo administrativo..

PARÁGRAFO: Todo cambio o reemplazo de uno de más integrantes de la Junta directiva se entiende que es para completar el período.

ARTÍCULO 25. Renuncias.

Cuando un integrante de la Junta Directiva renuncia, o sin justa causa deje de asistir a tres (3) reuniones consecutivas o no consecutivas sin justificación, los suplentes tomarán el cargo hasta que se designe su reemplazo con el nombramiento de suplentes, entre los candidatos que obtuvieron mayor votación para su cargo en la Asamblea General inmediatamente anterior o a quien a voluntad propia quiera asumir el cargo y sea presentado ante los Miembros de la Asamblea.

PARÁGRAFO: Cuando por renuncias o inasistencias a la Junta Directiva quede con menos de tres integrantes o quede vacante el cargo de Revisor fiscal, se convocará a una Asamblea Extraordinaria. Los convocantes podrán proponer candidatos a los cargos vacantes, los cuales serán elegidos siendo quórum, según lo acordado en el artículo 20.

ARTÍCULO 26. Decisiones.

Las Decisiones de la Junta directiva se tomarán, mediante resoluciones y de sus deliberaciones se dejará constancia en actas; se constituye quórum para deliberar y decidir la presencia de la mayoría de sus integrantes. Para elegir o cambiar el Representante Legal se requiere el 100% de los votos.

ARTÍCULO 27. Funciones.

Son funciones de la Junta Directiva las siguientes:

a) Dictar las decisiones y resoluciones, dándolas a conocer a los integrantes de la fundación mediante circulares u otro medio de información.

b) Establecer su propio reglamento interno y el de la Asamblea General, estos reglamentos serán puestos a discusión en cada uno de los organismos para su aprobación final.

c) Conceptuar acerca de la admisión y/o exclusión de integrantes, teniendo en cuenta los siguientes estatutos y las solicitudes a la Junta directiva.

d) Crear y nombrar los organismos y cargos administrativos que sean necesarios para el adecuado funcionamiento de La Fundación. La Junta directiva tiene potestad de elegir presidencia, vicepresidencia, secretaría, tesorería y revisor fiscal; ser miembro de la junta no impide que asuma funciones administrativas de La Fundación.

e) Aprobar los contratos y para comprar, vender, o gravar bienes que comprometan a La Fundación y los que señalen los estatutos, reglamentos, acuerdos de la Asamblea o la Junta Directiva, resoluciones o demás documentos.

f) Estudiar los informes y necesidades de los organismos internos o de los integrantes, tratando de responder a ellas, según el presupuesto y los programas aprobados en la Asamblea General o el determinado por la misma Junta para este fin.

g) Autorizar al representante legal junto a la gerencia para celebrar contratos cuyo valor no exceda los (25) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

h) Acordar con el Revisor fiscal, el sistema contable interno de la Fundación.

i) Aprobar en primera instancia los informes financieros y de cuentas, aspectos que el Presidente debe presentar luego a la Asamblea General.

j) Convocar a las sesiones de la Asamblea General ordinaria o extraordinaria cuando sea necesario y de la forma estipulada anteriormente en estos estatutos.

k) Examinar cuando considere necesario los archivos y estados financieros de la Fundación.

l) Asignar el valor de salarios, honorarios o comisiones de las personas designadas para el funcionamiento de la Fundación (actividades administrativas, de mercadeo y presentación y ejecución de proyectos, entre otras).

m) Las demás que le correspondan de acuerdo a estos estatutos.

ARTÍCULO 28. Reuniones.

La Junta Directiva sesionará ordinariamente por lo menos, una vez al mes mediante citación escrita del Presidente de la Junta Directiva o su suplente, con tres (3) días hábiles de anticipación y extraordinariamente para atender las situaciones urgentes y que requieran atención inmediata, mediante citación escrita del Presidente de la Junta Directiva o su suplente, con un día común de antelación. El quórum deliberativo lo constituye la asistencia de por lo menos la mitad más uno de sus integrantes y el decisorio, el voto favorable de la mitad más uno de sus asistentes. Transcurridos los 15 minutos siguientes a la hora a la cual fue citada la sesión, la Junta Directiva podrá deliberar y tomar decisiones si hay el quórum decisorio.

ASOCIADA PRINCIPAL y GERENCIA

ARTÍCULO 29. Es de carácter vitalicio en la persona de Margarita Rosa Tirado Mejia.

Funciones. Son funciones de la Gerencia :

a) Comparte la representación legal de la Fundación.

b) El cargo de Gerencia no impide desempeñar otro cargo en la Junta Directiva (Presidente, Vicepresidente).

c) Asegurar la dirección de La Fundación, como máxima autoridad de la misma, hasta considerar la Asamblea como necesaria para una decisión complementaria.

d) Nombrar en conjunto con la presidencia las personas para los cargos administrativos que sean necesarios al funcionamiento de la Fundación.

e) Acompañar y revisar el informe ejecutivo anual con la presidencia para presentarlo a la junta directiva para su revisión y aprobación y socialización posterior con la asamblea general.

f) Conocer y participar en el seguimiento al desarrollo de los contratos que comprometan a la Fundación y los que señalen los estatutos, reglamentos, acuerdos de la Asamblea o la Junta Directiva, resoluciones o demás documentos.

g) Celebrar actos y los contratos para el desarrollo del objeto social de La Fundación.

Cuando éstos no excedan de diez (20) salarios mínimos mensuales legales vigentes necesita de autorización previa de la Junta Directiva.

h) Verificar el cumplimiento de los procesos determinados por la Junta Directiva en la formulación, gestión y ejecución de los proyectos y su presentación de manera oportuna y con adecuada calidad.

PRESIDENCIA DE LA JUNTA DIRECTIVA Y REPRESENTACIÓN LEGAL

ARTÍCULO 30.Elección.

La presidencia es quien Representa legalmente de la Fundación y es elegido o elegida por la Junta Directiva, por períodos de dos (2) años. En sus ausencias, temporales o accidentales la Gerencia, lo reemplazará con las mismas facultades y limitaciones. El Presidente de la Junta Directiva continuará al frente de sus funciones hasta tanto se produzca nueva designación y entrega del cargo.

ARTÍCULO 31. Funciones.

Son funciones de la Presidencia de la Junta Directiva:

a) Actuar como representante legal de la Fundación.

b) Convocar y presidir todas las Asambleas, reuniones de la Junta Directiva y actos sociales de la Fundación.

c) Velar por los intereses de la Fundación debiendo firmar las actas, contratos, convenios, correspondencia especial, memorias y todos los documentos; sin dicha firma tales actos no tendrán validez.

d) Establecer acción jurídica a quienes malversen, destruyan o dañen los fondos o bienes de la Fundación.

e) Ordenar los gastos y firmar los pagos, dentro de sus limitaciones.

f) Presentar a la Asamblea l el informe escrito sobre los planes, programas y proyectos y el presupuesto anual de la fundación.

h) Hacer cumplir la Ley, los estatutos, los reglamentos internos, los acuerdos de la Asamblea, las resoluciones de la Junta Directiva, y los principios de la fundación.

i) Celebrar los actos y los contratos para el desarrollo del objeto social de la Fundación, cuando éstos no excedan de veinte (20) salarios mínimos mensuales legales vigentes, que necesita la autorización previa de la Junta Directiva.

j) Velar por el cumplimiento de las funciones asignadas a las personas en la realización de sus cargos y demás asuntos necesarios para el funcionamiento de la Fundación.

l) Proponer a consideración y aprobación de la Junta Directiva los planes, programas y proyectos de la Fundación.

m) Verificar el cumplimiento de los procesos determinados por la Junta Directiva en la formulación y presentación de los proyectos, velando que se realicen de manera oportuna y con adecuada calidad.

Parágrafo: El Suplente de la Presidencia es Representante Legal Suplente de éste, quien tendrá las mismas funciones, en caso de ausencia temporal o definitiva de éste.

VICEPRESIDENCIA

ARTÍCULO 32. Funciones. Son funciones de Vicepresidencia y suplente:

a) Informarse de las decisiones y acciones administrativas de La Fundación.

b) Cerciorarse de que las operaciones de La Fundación, se ajusten a los tiempos y normas legales, a los estatutos y a las decisiones de la Asamblea y de la Junta Directiva.

c) Informar oportunamente por escrito al Presidente de la Junta Directiva, a la Junta Directiva, o a la Asamblea, según corresponda jerárquicamente, de las irregularidades que observe en La Fundación y proponer las medidas para su remedio.

d) Velar porque se lleven regularmente la contabilidad y las actas de los órganos directivos y porque se conserven adecuadamente la correspondencia y los comprobantes de cuentas.

e) Inspeccionar los bienes de La Fundación, de acuerdo al inventario, solicitar los informes que para el efecto sean necesarios e impartir las instrucciones pertinentes para que oportunamente se tomen las medidas de conservación y seguridad de los mismos, así como de cualesquiera otros que a cualquier título tenga La Fundación.

f) Colaborar con las entidades gubernamentales que ejerzan la inspección y vigilancia de estas entidades y rendirles los informes a que haya lugar o le sean solicitados.

g) Participar con voz y voto en las reuniones de la Junta Directiva

h) Verificar la vigencia de las pólizas de seguros obligatorios.

i) Revisar y dar aval de las calidades de los asistentes a reuniones de la Asamblea, así como velar por el cumplimiento de las normas y disposiciones de su funcionamiento.

j)j Cumplir las demás atribuciones que le señalen las leyes o el reglamento y las que, siendo compatibles con las anteriores, le encomiende la Asamblea o la Junta Directiva.

REVISOR FISCAL

ARTÍCULO 33.No podrá ser integrante de la Fundación en ninguna de sus modalidades. Será nombrado por la Asamblea.

Funciones:

a) Velar porque se lleven actualizadas la contabilidad, la ejecución presupuestal y las actas.

b) Velar por que la Asamblea, la Junta directiva, los Comités de Trabajo y los asociados se ajusten en todos sus actos a las normas legales, estatutarias, reglamentarias y a los principios de esta Fundación.

c) Revisar las actas de la Asamblea, los libros de contabilidad y registros, la correspondencia, los archivos y documentos de la Fundación.

d) Informar a la Asamblea sobre la gestión administrativa de la Fundación.

e) Convocar a Asamblea extraordinaria cuando los integrantes de la Junta Directiva contravengan las normas legales, estatutarias o reglamentarias, o en los casos de vacancia.

f) Dar cuenta oportuna al órgano o funcionario competente de las irregularidades que ocurran en el funcionamiento de la Fundación y en el desarrollo de sus operaciones.

g) Colaborar con las entidades gubernamentales que ejerzan la inspección y vigilancia, además de rendir los informes que le sean solicitados.

h) Conocer los informes sobre los bienes de la fundación y las medidas de conservación y seguridad .

i) Las demás que le fijen las normas legales, estatutarias, reglamentarias o la Asamblea mediante acuerdos.

SECRETARIA

ARTÍCULO 34. Funciones.

a) Asistir a las reuniones de la Asamblea y de la Junta Directiva, elaborar y archivar las actas, firmarlas conjuntamente con el Presidente y ponerlas a disposición de los integrantes.

b) Llevar el archivo general de La Fundación.

c) Refrendar la firma del Presidente en los actos que lo requieran y firmar en ausencia de él la correspondencia especial.

d) Notificar, comunicar y publicar, según el procedimiento que deba seguirse en cada caso, los acuerdos, resoluciones, programaciones, boletines y en general divulgar, promover las actividades de la Fundación.

e) Enviar la comunicación de la convocatoria para las reuniones ordinarias y extraordinarias de la Junta directiva y la Asamblea.

f) Llevar en orden alfabético el directorio actualizado de los asociados y personas vinculadas a La Fundación.

g) Realizar un informe del inventario general de los bienes de la Fundación y los informes sobre su estado de conservación y seguridad.

h) Las demás que estos estatutos, la Asamblea o la Junta Directiva le asignen.

CAPÍTULO QUINTO

PATRIMONIO

ARTÍCULO 34. Patrimonio.El patrimonio de la Fundación esta constituido por la totalidad de los bienes muebles e inmuebles, tangibles e intangibles, títulos valores adquiridos o que se adquieran, archivos, acreencias, contratos, de los cuales se llevará un inventario debidamente valorizado.

Parágrafo: La Fundación re emprenderá funciones en el 2013, con un fondo inicial conformado por la suma total de un millón ochocientos los cuales fueron aportados así: millón quinientos mil $ 1´500.000 por Daniel López y los aportes iniciales de $100.000, de MRTM, se consignaron en la apertura de cuenta en DAVIVIENDA AHORROS # 136100152505 por los asociados y otras donaciones en especies y trabajo que se realicen posteriormente.

Sin cesión de la propiedad la donación es durante el año inicial de refundación, como donación se hace el el paralelo del contrato por valor de canon de arrendamiento anual, adecuado un lugar para la sede principal, oficina en La Reserva Natural La Rosa de los Vientos, para ser utilizada en forma de renta parcial. La oficina con dotación básica cuenta con mueble de computador, computador portátil y modem para conexión inalámbrica, 4 sillas, TV, DVD, VHS, proyector de diapositivas, retroproyector, piañas de micrófono, dos micrófonos, amplificador, pantalla de proyección. Proyectos escritos, libros folletos, investigaciones realizadas hasta la fecha 2013, CD´s y Disquetes, películas. Una cocina con estufa y nevera para 6 personas, mesa de comedor y sillas, por un valor anual en renta de diez millones de pesos $10.000.000. Donación de la biblioteca de la Reserva Natural La Rosa de los Vientos (inventariada) valor, diez millones $ 10.000.000. Para un total de veinte millones de pesos $20.000.000

Se facilita, en valor paralelo a alquiler de renta, una moto KASUKI 115, de placas QTL52B, modelo 2008, bajo responsabilidad de la fundación de comprarle seguro y hacerle su mantenimiento y responsabilidad, valor en renta durante 6 meses $1’000.000.

Maria Nohemy Londoño C Sin cesión de la propiedad, durante el año inicial de refundación, como donación, se hace en paralelo del contrato por valor de renta anual, un lugar para sede alterna de la Fundación, en la calle 65 #607, barrio La Florida, de Villamaría, Caldas, para ser utilizada como oficina en forma de renta parcial. La oficina dotada con computador conectado a red de Wi Fi, impresora, teléfono # 68741510, mobiliario básico, TV y DVD y cocineta, con dotación básica, para 6 personas, mesa de comedor y sillas, por un valor anual de diez millones de pesos, $10.000.000. Donación de la biblioteca (inventariada) valor, diez millones $ 10.000.000. Para un total de veinte millones de pesos $20.000.000. La Asamblea General determinará cada año la cuota de mantenimiento y si se contrata su alquiler.

              Patrimonio financiero Banco DAVIVIENDA            00.000.00

Bienes Inmuebles y muebles                                  000.000.00

Prestación de servicios asociados a la marca             00.000.00

T            Total Patrimonial                                               00.000.00

Cuarenta y siete millones trescientos mil pesos.

Queda pendiente definir el valor del Patrimonio Intangible de la Fundación ya que está en proceso la gestión de la formulación de un proyecto de investigación universitaria a nivel de pregrado o posgrado.

ARTÍCULO 35.Origen de los Fondos.

a) Los aportes ordinarios y extraordinarios hechos por los asociados de la Fundación.

b) El producto de contratos o convenios que para la prestación de servicios celebre la Fundación.

c) El valor de las donaciones, subsidios, aportes, contribuciones y similares, que por parte de personas naturales o jurídicas privadas, regionales, nacionales internacionales o extranjeras se la hagan a la Fundación.

d) Las utilidades y rentas obtenidas de sus propios bienes.

e) En general todos los ingresos que ha su nombre se pueda obtener lícitamente.

ARTÍCULO 36. Destino del Patrimonio. Los bienes y fondos de la Fundación son indivisibles; ni los fundadores, ni persona alguna derivan de la Fundación ventajas especiales, ni recibirán suma alguna por concepto de utilidades o reparto de excedentes. Las personas naturales o jurídicas que donen bienes no tendrán preeminencia alguna en la Fundación por el solo hecho de la donación. Ninguna parte de las utilidades, valoraciones, provechos, rentas o beneficios que se obtengan ingresarán en ningún momento al patrimonio de los integrantes de la Fundación, ni aún por razón de liquidación; las utilidades serán aplicables, en cuanto no se capitalicen, a los fines de la Fundación y en caso de liquidación se observará lo previsto por las leyes y los estatutos.

ARTÍCULO 37. Del Presupuesto. El presupuesto de ingresos y egresos para el funcionamiento e inversión de la Fundación será ejecutado durante doce (12) meses y se presentará por la Presidencia de la Junta Directiva, para la revisión y aprobación de la Asamblea Ordinaria de cada año.

ARTÍCULO 38.Cuotas Extraordinarias. Las cuotas extraordinarias podrán acordarse una sola vez en el ejercicio fiscal y con el exclusivo fin de atender una ineludible e imprevista necesidad o realizar una provechosa inversión de beneficio común, dentro de los objetivos de la Fundación. El valor de las cuotas extraordinarias estará acorde a la necesidad.

ARTÍCULO 39. De la Conservación y Manejo de los Bienes y Fondos: La conservación, incremento y manejo de los bienes y fondos de la Fundación están bajo la responsabilidad de la Junta Directiva y para garantizarles, se presentarán las finanzas y se tomarán los seguros para las cuantías que cubran los posibles riesgos. Las primas correspondientes serán pagadas por la Fundación. Los fondos financieros de la Fundación se mantendrán depositados en entidades bancarias, mediante cuentas de ahorro, títulos de captación, CDT, cédulas de capitalización nacional o extranjera abiertas a su nombre; las erogaciones se firmarán por la representación legal o la dirección ejecutiva.

 

Banco Davivienda

(6) 7451277-7454761-7459432 , Av Bolivar 2N-00 Parque Fundadores

Código Swift   CAFECOBB

 

OFICINA:FUNDADORES
SUCURSAL:ARMENIA
RED:DAVIVIENDA
DIRECCIÓN: Avenida Bolivar No. 2N-00
TELÉFONOS:(6) 7451277-7454761-7459432
HORARIO NORMAL LUNES A VIERNES:08:00 a 11:30 y 02:00 a 04:00
HORARIO ADICIONAL LUNES A VIERNES:05:00 a 08:00
HORARIO ADICIONAL SÁBADO:09:00 a 02:00

Publicado 1st November 2015 por LA ROSA DE LOS VIENTOS

 

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mar17 de diciembre de 2015, 8:48

Our organization is based in environmental processes, to achieve armonious life in the ways of etno-biology, intercultural embrace, with indigenous women and communities, women peasants, workers, the first ecovillage of women Nashira, women in Nonviolence, different collectivs for peace, involving, spiritual eco feminism, art, educational circles, tradicional medicines, some cientific reserch in biology, (in wich we, Reserva Natural La Rosa de los Vientos) sponsor the hosting of the students, all we have done until now, has not being paid, we did it, in management for others to execute under the service like charity. With Genevieve and your Trust, is the first time, we are asking for support to be able to go on and be sustainable.

1. Give a brief description of your organization and its current activities:
We are activist, with all groups that vist us like schools, universities, travelers, we move towards others, we write, we dance, we sing, we create poetry to each situation, we give support and energy, knowledge and love, psicological group support, we do conferences, we promote spiritual circles in all different meetings, activist in women circles.
After legaly stablished in March 15, 1998, the Foundation has work as volunteers, growing and metting its objectives and development of environmental, social, ecofeminist, gender, artistic, scientific management processes as a legal entity and strategic social actor in the implementation of different mechanisms for citizen participation, in a very poor region, were danger and difficult life was performing, We did very intense work until I, Margarita Rosa, was threatened with death , and pursued. However among others, we present some of our achievements in the change of a cultural process we impulse and create.
-We 3 women, went house by house, meeting the population, doing healing, rehabilitation, and getting to know all people, through that we became social activists.
-We have promote and done a big concert called: “Concierto de Libertades” = " Freedom Concert " at the principal “Plaza de Bolivar”, Armenia, with the presence of more than 20 artistic groups, and different schools and organizations.
-We got the contacts and management for Public Lighting for the little town, Boquía, a very poor and complicated population, were our Natural Reserve is (already for 24 years), in Vereda de Boquía, work done by the Committee of Coffee Growers.
-Proceded legal demand against the Mayor of Salento, for environmental violation in zone adjacent to the Reserve road and the Monument “the bridge of Amparo”.
-We serch and got the sewage system, or basic sanitation management for the whole population of Boquia, 85 houses.
-We got through the governor of Quindio, the better rode in paviment until our Boquía.
-denuncia
-We made legal complaint against mayor of Armenia by cutting down 450 trees without consulting citizens;
-With the participation of members of the population and being part of the community council (JAC of Vereda Boquía), our Foundation promote and led the development management and creating an environmental, historical and present culture through the project " Boquía LIVING PARK", undertaking the following subprojects : organic gardens for food, with SENA.
-Reforestation of the rounds or sides od the river (Rio) Quindio with St. Thomas University in Armenia.
-Program Training with the Hotel Centenario, in preparation of the population in popular cuisine and attention to tourists.
- Installation and training in carpentry in the communal house and with their training.

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La composición accionaria de la Fundación:

ANDRADE LONDOÑO ALEJANDRA             C.C. 1.053.765.447

MARGARITA ROSA TIRADO MEJÍA               C.C.      24.320.249

ROSALBA FRÍAS NAVARRO                           C.C.      51.596.582

LONDOÑO CUARTAS MARÍA NOHEMY       C.C.      24.317.914

 

REPRESENTANTES LEGALES PRINCIPALES:

                                                                           

ANDRADE LONDOÑO ALEJANDRA          MARGARITA ROSA TIRADO MEJÍA              

         C.C. 1.053.765.447                              C.C.      24.320.249

 

 

 

 

FUNDACIÓN RESERVA NATURAL LA ROSA DE LOS VIENTOS

III. REFORMA DE ESTATUTOS

CAPÍTULO PRIMERO

NOMBRE, NATURALEZA, DOMICILIO Y DURACIÓN

ARTÍCULO 1. Nombre. La persona jurídica, se denomina FUNDACIÓN RESERVA NATURAL LA ROSA DE LOS VIENTOS, es una institución de utilidad común y sin ánimo de lucro.

ARTÍCULO 2. Naturaleza. LA FUNDACIÓN RESERVA NATURAL LA ROSA DE LOS VIENTOS , es una persona jurídica de derecho privado, de las reguladas, en lo pertinente, por los artículos 633 a 652 del Código Civil Colombiano, el decreto 2150 de 1995 y demás normas concordantes. Con Personería Jurídica No. 8010012505, Cámara de Comercio de Armenia, de conformidad con las Leyes Colombianas. Es una entidad sin ánimo de lucro, de carácter permanente, independiente y autónomo y de utilidad común.

ARTÍCULO 3. Domicilio. El domicilio principal de LA FUNDACIÓN RESERVA NATURAL LA ROSA DE LOS VIENTOS es en la vereda Boquía, Municipio de Salento, departamento del Quindío, República de Colombia; pero podrá, por determinación de la Junta Directiva, establecer sedes o capítulos y realizar actividades en otras ciudades y/o municipios del país y del exterior.

ARTÍCULO 4. Duración.LA FUNDACIÓN RESERVA NATURAL LA ROSA DE LOS VIENTOS, tendrá una duración indefinida, pero podrá disolverse anticipadamente por las causas que contempla la ley y los presentes estatutos.

CAPÍTULO SEGUNDO

OBJETO SOCIAL Y DESARROLLO

ARTÍCULO 5. Fines. La FUNDACIÓN RESERVA NATURAL LA ROSA DE LOS VIENTOS, tiene como fin la solidaridad, el interés en el bienestar común, el mejoramiento de la calidad de vida, la equidad de género, la proyección social, ambiental, cultural, científica, tecnológica y artística.

ARTÍCULO 6. Objeto. La Fundación tiene como objeto contribuir en la protección, conservación, restauración, planeación y gestión del patrimonio natural y cultural de Colombia, hacia la sostenibilidad humana y ambiental.

ARTÍCULO 7. Los fines y objetivos específicos de la Fundación son:

a. Contribuir al establecimiento y manejo de reservas naturales, socializar la importancia y responsabilidad para proteger ecosistemas nativos.

b. Desarrollar programas de educación ambiental, ecológica, consumo y manejo de desechos de forma responsable, producción limpia, tecnologías apropiadas y mercados solidarios.

c. Prestar servicios y asesorías a planteles educativos públicos o privados, instituciones de educación superior públicas o privadas, promoviendo estudios aplicados al campo de las ciencias naturales, sociales y humanas, que contribuyan a un mayor conocimiento ambiental de la población.

d. Avanzar, participar, contribuir en la inclusión de género, y desarrollo de la mujer en la sociedad para contribuir con acciones que fomenten procesos en contra de formas de discriminación.

e. Contribuir en procesos de formación, promoción, gestión y realización artística, procesos de tránsito, encuentros, residencias referentes al patrimonio natural, cultural, procesos de estéticas contemporáneas vistas en integración de artes, ciencia y tecnología.

f. Promover, participar, gestionar, desarrollar y producir contenidos artísticos, digitales y multimediales con fines artísticos, educativos, de entretenimiento haciendo énfasis en

procesos que relacionan arte, narrativa, ciencia y tecnología.

g. Educar y participar en procesos de organización solidaria, democracia para la paz, no violencia, derechos humanos, justicia restaurativa, justicia ambiental y convivencia en colectividades sustentables.

h. Promover valores de interculturalidad, equidad social, equidad de género, respeto a la diferencia y cohabitación armónica con y en la naturaleza, mediante acciones ciudadanas.

i. Participar de forma respetuosa con comunidades étnicas y multiculturales, conservando activos culturales y naturales.

j. Promover, participar, gestionar y desarrollar programas de investigación científica y artística, pasantías universitarias que involucren la creación y divulgación de conocimiento, la conservación y usos adecuados de la biodiversidad, como fundamento de acciones ciudadanas en la consolidación de cultura ambiental y desarrollo sostenible.

k. Participar con entidades privadas, públicas, ONG, grupos interdisciplinarios ambientales, de género, culturales, promoviendo conocimientos y prácticas en desarrollo humano, transformación integral, prácticas ancestrales en arte, medicinas, etnobotánica, terapias complementarias, gastronomía, que contribuyan en la sanación física, mental y espiritual para el mejoramiento de la calidad de vida humana.

l. Promover la planificación, gestión, educación y participación en procesos y proyectos de género.

m. Promover la planificación, gestión, educación y participación en procesos de ecoturismo sostenible que integren a la población local y comunidades anfitrionas en la implementación de acciones económicas viables, oportunidades de empleo y servicios sociales amigables con el ambiente y el entorno cultural.

n. Participar con entidades privadas, públicas, ONG´s y grupos interdisciplinarios ambientales, artísticos y culturales, intergeneracionales, en la gestión ambiental y cultural para la protección del patrimonio.

o. Gestionar ante instituciones del Estado, entidades privadas, ONG´s nacionales e internacionales para buscar recursos, asesoría y capacitación de sus asociados a fin de fortalecer la Fundación en todo lo relacionado con manejo institucional y proyección social en el manejo y conservación del patrimonio natural y cultural.

ARTÍCULO 8.  Desarrollo del objeto social

La Fundación podrá para el cumplimiento de sus fines:

a. Organizar las condiciones para desarrollar sus propias actividades, celebrar contratos o convenios y asociarse con otras entidades sin ánimo de lucro, personas jurídicas y otras asociaciones, empresas de carácter nacional o internacional.

b. Realizar, patrocinar, organizar, sistematizar toda clase de eventos, en el país o en el exterior, que contribuyan al cumplimiento del presente objeto social.

c. Apoyar, patrocinar y/o facilitar la ejecución de ideas presentadas por personas o grupos, cuyos propósitos y objetivos concuerden con los de La Fundación.

d. Diseñar y desarrollar mecanismos de financiación y cofinanciación, inversiones a nivel nacional, internacional, necesarios para el financiamiento y sostenimiento de La Fundación, sus actividades y proyectos, utilizando en ambos casos los sistemas de cooperación, administración delegada de recursos, o cualquier otro medio.

e. Realizar actividades y programas que propendan por el desarrollo integral y gremial de los beneficiarios de la fundación.

f. Efectuar todas las otras actividades y operaciones económicas, relacionadas desde o directamente con el objeto social, para el desarrollo del mismo, el bienestar de los asociados y la adquisición de bienes, muebles e inmuebles de La Fundación.

g. Realizar, directa o indirectamente, por cuenta propia o ajena, sola o mediante consorcios, uniones temporales o alianzas estratégicas con organizaciones no gubernamentales u organizaciones de la sociedad civil o entidades del sector privado, nacionales o extranjeras, todas aquellas actividades encaminadas a: Proyectar, ejecutar, administrar, coordinar, controlar o evaluar planes, programas o proyectos, orientados a buscar el bienestar de los asociados y el de los particulares, para tales efectos podrá asociarse, fusionarse, participar en uniones temporales, consorcios y elaborar convenios con otras personas naturales o jurídicas que desarrollen el mismo o similar objeto.

CAPÍTULO TERCERO

 ASOCIADAS Y ASOCIADOS, DERECHOS, DEBERES

ARTÍCULO 9. Clases.

La Fundación tiene inicialmente de cuatro, 4 clases de socios: Principal, fundadores, adherentes y honorarios.

. ASOCIADA PRINCIPAL, se designa a la creadora del proyecto inicial, Margarita Rosa Tirado Mejía, en el cargo de Gerente General, de la Fundación, de carácter vitalicio, es decir, que únicamente será removida por muerte, incapacidad declarada médicamente o por retiro voluntario. tiene autoridad de nombrar los órganos administrativos que requiera la Fundación para su funcionamiento en conjunto con un miembro de la Junta Directiva. El cargo de Miembro Principal, no impide para desempeñar otro cargo en la Junta Directiva (Presidente, Vicepresidente).

. SON ASOCIADOS Y ASOCIADAS REFUNDADORAS en el 2013, las personas que idearon, promovieron, convocaron, generaron la Refundación de la organización e hicieron la voluntad de compromiso, los primeros aportes económicos y orientaciones estratégicas para su refundación.

Para efectos de los presentes estatutos, se consideran miembros refundadores,  Margarita Rosa Tirado Mejía, María Nohemy Londoño Cuartas, Rosalba Frías Navarro, Daniel López, quienes reelaboraron los presentes estatutos, participan de la nueva junta y realizaron su aporte de ingreso.

. SON ASOCIADOS Y ASOCIADAS VOLUNTARIOS, las personas naturales y jurídicas que con posterioridad a la firma del acta de constitución, sean admitidas como tales de conformidad con estos estatutos y reglamentos correspondientes y cancelen el aporte económico y en especie que para tal efecto fije la Junta Directiva con base en el estatuto marco que apruebe la Asamblea General para cada caso específico.

. SON ASOCIADOS Y ASOCIADAS HONORARIOS de La Fundación las personas naturales y jurídicas que por sus actividades y aportes científicos, técnicos, artísticos y/o económicos, contribuyen de manera significativa al cumplimiento del objeto social de la institución. Su exaltación se hará cumpliendo la reglamentación que la Junta Directiva expedida al respecto.

. SON ASOCIADOS Y ASOCIADAS COOPERANTES, todas las personas naturales o jurídicas que actuando de forma voluntaria y conforme a la ley, justificando los bienes, hagan aportes económicos, territoriales, artísticos, científicos y tecnológicos de forma voluntaria para el bien de la Fundación.

 

ARTÍCULO 10. DEBERES DE LOS ASOCIADOS Y ASOCIADAS. Serán aquellos contenidos en la declaración de principios de La Fundación consignados en el acta de constitución y los que se deriven de decisiones de carácter general, adoptadas por la Asamblea General:

a) Actuar en sinergia, con ética y lealtad, con los principios, objetivos, actividades de la Fundación: comprometerse con los aportes ordinarios y extraordinarios en valor económico o en bienes y servicios, según su categoría de asociado o asociada y los tiempos personales para ello.

b) Presentar a la junta directiva informes, en una periodicidad acordada previamente, en relación con la  planeación, gestión y ejecución del programa, proyecto o actividades que se estén llevando a cabo  y que reflejen el estado a la fecha de las mismas.

c) Utilizar en publicaciones, hojas de vida, correspondencia oficial o de interés para la Fundación su condición de integrante de esta organización consolidando una buena imagen.

d) Cumplir los Estatutos, reglamentos, resoluciones, comisiones o trabajos asignados por la Asamblea General, la Junta directiva o los comités de trabajo.

e) Solicitar a la Junta directiva, con previo aviso, el uso del patrimonio natural y cultural de la fundación, (territorios, lugares, elementos de trabajo, documentos o informes, obras artísticas, científicas, tecnológicas, respetando los derechos de autor).

f) Representar con responsabilidad la participación de la Fundación en cualquier evento al que asista en nombre de ésta y socializar oportunamente el informe, de forma escrita, visual, auditiva y/o en otras formas creativas.

g) Asistir puntualmente de forma presencial, virtual o delegada, a las reuniones de la Asamblea General y de los comités de trabajo, desde la hora fijada para su inicio hasta que se agote el orden del día.

 

ARTÍCULO 11. Derechos. Son derechos de los asociados y asociadas en general:

a. Participar en la planeación, gestión y ejecución de programas, proyectos y actividades para el logro de los objetivos de la Fundación.

b. Elegir y ser elegido integrante de la Junta Directiva o de los comités de trabajo.

c. Representar a la Fundación con el aval de la Junta Directiva en cualquier evento o vocería institucional temporal o permanente que esté dentro de los objetivos de la Fundación.

d. Conocer, retroalimentar y usar de manera responsable el patrimonio intelectual, natural y cultural de la Fundación; recibir autoría y derechos intelectuales de los trabajos ejecutados como integrantes de la Fundación

e. Conocer los informes y documentos que respaldan la gestión económica y administrativa de la Junta Directiva.

f. Retirarse voluntariamente de la Fundación y compartir para el bien común los motivos de retiro.

ARTÍCULO 12. Límites de los Asociados y asociadas:

a. Intervenir en asuntos que comprometan el respeto a la autonomía de los asociados o asociadas, su buen nombre y prestigio de alguno de ellos o de la Fundación.

b. Discriminar, actuando como persona natural o jurídica, por circunstancia de credo político o religioso, género, raza, nacionalidad u origen geográfico, clase social o capacidad económica, discapacidad física o mental.

c. Usar el nombre y demás bienes de La Fundación, con propósitos diferentes a los objetivos, contrariando los estatutos o en beneficio particular. La presentación de propuestas o proyectos en nombre de la Fundación debe contar con el aval por escrito de la Junta Directiva y del Representante Legal.

d. Usar las sedes, los espacios de ejercicio o desarrollo del objeto social como lugares de reuniones para fines distintos a los autorizados explícitamente en los estatutos.

PARÁGRAFO: Las conductas irresponsables que afecten o contraríen los derechos de los asociados y asociadas y la buena marcha de la Fundación, serán expuestas para reflexión en busca de acuerdos y, llegando al caso de no confluir en armonía, será solicitado el retiro voluntario del asociado o asociada.

. Amonestaciones. Serán impuestas por la Junta Directiva, y dado el caso, con afectaciones económicas para el asociado responsable.

. Suspensión temporal de la calidad de asociado. La Junta Directiva podrá suspender temporalmente a cualquier miembro en el ejercicio de sus derechos, por cualquiera de las siguientes causales:

. Incumplimiento en materia de sus deberes, cuando no hayan sido atendidas las previas llamadas de atención.

. Configuración de cualquiera de las causales de pérdida de la calidad de asociado, mientras la Asamblea General decide.

. Retraso en el pago de los aportes o cuotas, en la forma establecida por la Asamblea  General o la Junta Directiva, según el caso.

. Expulsión. Será impuesta por la Junta Directiva, por cualquiera de las causales siguientes:

. Violar en materia grave o leve pero reiterada, los estatutos de La Fundación, la declaración de principios o las disposiciones de la Asamblea General o de la Junta Directiva.

. Incurrir en algunas de las causales que se determinen en el manual ético y moral de La Fundación.

. Acumulación de tres suspensiones temporales.

. Otras sanciones. También podrá imponer La Fundación otras sanciones que estime pertinentes, siempre y cuando previamente hayan sido establecidas por la Asamblea General.

PARÁGRAFO: La Junta Directiva decidirá en primera instancia respecto a las faltas disciplinarias de los asociados y asociadas.

Corresponde a la Asamblea General resolver en segunda instancia el recurso de apelación sobre este particular.

ARTÍCULO 13. Retiro de asociados. El retiro voluntario para los asociados lo formaliza la Junta Directiva, previa solicitud escrita del interesado. En el momento de solicitud del retiro voluntario, cuando existan cuentas pendientes para con La Fundación, ya sea en trabajo, proyectos, algo inconcluso, este se podrá condicionar al pago de la deuda, de conformidad con lo establecido en el reglamento interno.

ARTÍCULO 14. Expulsión de asociados asociadas. La expulsión se aplicará por la Junta Directiva por votación de las dos terceras (2/3) partes de sus integrantes.

PARÁGRAFO: La expulsión sólo podrá realizarse previa comprobación de las irregularidades cometidas por el implicado en detrimento de la estabilidad y el prestigio de la institución, o de alguno de sus asociados y asociadas, con sujeción al debido proceso observando los principios del derecho a la defensa, doble instancia, publicidad y contradicción, legalidad de la prueba, respeto por la dignidad humana, etc.

CAPÍTULO CUARTO

ADMINISTRACIÓN Y DIRECCIÓN

ARTÍCULO 15. Órganos de Administración. La Fundación tendrá los siguientes órganos de dirección, gobierno y control:

. Asamblea General

. Asociada Principal Gerente

. Junta Directiva

. Presidente (Representante Legal)

. Revisor Fiscal

ASAMBLEA GENERAL

ARTÍCULO 16. Asamblea General. Ésta es autoridad deliberante y decisoria. Estará constituida por la gerente general, asociados y asociadas refundadores, voluntarios, honorarios y cooperantes, que estén en ejercicio de sus derechos.

ARTÍCULO 17. Funciones. Son funciones de la Asamblea General:

a. Aprobar su propio reglamento.

b. Ejercer la suprema dirección de La Fundación y velar por el cumplimiento de su objeto social, interpretar los estatutos, fijar la orientación y política generales de sus actividades.

c. Reformar los estatutos de acuerdo con las previsiones de estos estatutos con una mayoría de votos que represente la mitad más uno de los votos asistentes.

d. Aprobar los planes y programas a desarrollar por La Fundación, propuestos para el cumplimiento de su objeto social por la Junta Directiva, los asociados y el Representante Legal.

e. Elegir y remover libremente a los Miembros de la Junta Directiva y a sus suplentes para períodos de 12 meses, por el sistema de mayoría simple y cuando se presentasen planchas, por el sistema de cociente electoral.

f. Elegir y remover libremente al Revisor Fiscal y a su suplente, por un período de un año y asignarle su remuneración.

g. Estudiar, aprobar o improbar, con carácter definitivo, el presupuesto, los estados financieros e informes de gestión presentados a su consideración por la Junta Directiva.

h. Expedir los reglamentos y las disposiciones estatutarias necesarias para el buen funcionamiento de La Fundación, en los términos de estos estatutos.

i. Decretar la disolución y liquidación de La Fundación, aplicando la mayoría de votos que represente la mitad más uno de los votos asistentes.

j. Elegir el liquidador o los liquidadores y señalar la entidad o entidades que hayan de recibir el remanente que resulte al hacerse la liquidación.

k. Señalar, si lo estima conveniente, los aportes extraordinarios que deben hacer los asociados y establecer las sancione diferentes de las previstas en estos estatutos, sin que las mismas impliquen reforma estatutaria.

l. Ordenar las acciones administrativas y judiciales que correspondan contra los directivos, los administradores y el fiscal y reconocer, estimular y premiar las acciones de los administradores dignas de reconocimiento.

m. Reglamentar el ejercicio del derecho de inspección por parte de los asociados.

n. Reglamentar la participación de los asociados en las actividades de planeación de actividades de La Fundación.

o. Brindar a los asociados mecanismos de vigilancia y control sobre los dineros recaudados por concepto de cuotas de afiliación.

p. Propender por el bienestar de los asociados.

q. Las demás que le correspondan por naturaleza, como máximo órgano de La Fundación y que no hayan sido asignadas por los estatutos a otro órgano.

ARTÍCULO 18. Reuniones.

La Asamblea de Asociados se reunirá ordinariamente una vez al año, a más tardar último día del mes de marzo y extraordinariamente cuando sea convocada por el Presidente o su suplente. Las reuniones ordinarias tendrán como finalidad estudiar las cuentas, el balance general de fin de ejercicio, acordar todas las orientaciones y medidas necesarias para el cumplimiento del objeto social y determinar las directrices generales acordes con la situación económica y financiera de La Fundación. Las reuniones extraordinarias se efectuarán cuando lo requieran las necesidades imprevistas o urgentes.

PARÁGRAFO: Reuniones No Presenciales: La Asamblea General podrá realizar las reuniones ordinarias y extraordinarias, de manera no presencial, siempre que se encuentre participando el 70% (la totalidad) de los asociados. Tales reuniones pueden desarrollarse con comunicaciones simultáneas y sucesivas, es decir un medio que los reúna a todos a la vez, como el correo electrónico, la teleconferencia, etc., o mediante comunicaciones escritas dirigidas al Representante Legal en las cuales se manifieste la intención del voto sobre un aspecto concreto, siempre que no pase más de un mes, desde el recibo de la primera comunicación y la última.

ARTÍCULO 19. Convocatorias.

Las convocatorias para reuniones ordinarias y extraordinarias, serán realizadas por el Representante Legal, o en su ausencia por el suplente. Todas las convocatorias se realizarán por escrito, o por correo electrónico, o por aviso en cartelera, o por el medio más expedito que considere quien efectúe las convocatorias. Para las reuniones ordinarias, la convocatoria se realizará con una antelación de mínimo quince (15) días hábiles, mientras que para las reuniones extraordinarias, se realizará con mínimo cinco (5) días calendario de antelación, en ambos casos, para el cómputo del término no se tendrá en cuenta ni el día en que se convoca ni el día de la reunión.

En la convocatoria para reuniones extraordinarias se especificarán los asuntos sobre los que se deliberará y decidirá. En las reuniones ordinarias, la Asamblea General podrá ocuparse de temas no indicados en la convocatoria, a propuesta de cualquiera de los asociados. La Asamblea General se reunirá válidamente cualquier día y en cualquier lugar sin previa convocatoria, cuando se hallare presente la totalidad de los asociados.

ARTÍCULO 20. Obligaciones

para atender peticiones de reunir extraordinariamente la Asamblea: La Junta Directiva dispondrá de (8) ocho días hábiles para atender o negar una petición de convocatoria de reunión extraordinaria, formulada por el Revisor Fiscal o por los fundadores activos.

Sólo podrá negarse la convocatoria cuando los asuntos a tratar sean contrarios a las normas legales, estatutarias o reglamentarias o a los objetivos de la Fundación.

ARTÍCULO 21. Quórum.

La Asamblea General podrá deliberar cuando se encuentren presentes o representados un número plural de asociados que, a su vez, representen la mayoría de los asociados y asociadas, salvo las excepciones legales y estatutarias. Las decisiones de la Asamblea General se tomarán por un número plural de asociados que represente la mayoría de los asociados presentes en la reunión.

ARTÍCULO 22. Mayorías.

Reunida la Asamblea General en la forma señalada en los presentes estatutos y adoptadas las decisiones con el número de votos previsto en estos estatutos y la ley, obligarán a todos los asociados aún a los ausentes o disidentes, siempre que tengan carácter general y que se ajusten a las leyes y a los estatutos.

Parágrafo Primero: Tienen derecho a voto en las sesiones, los socios fundadores, y adherentes que a la fecha de la sesión se encuentren al día con sus obligaciones sociales y económicas, derivadas de su calidad de asociados de la institución y los que no encontrándose al día hayan celebrado un acuerdo de pago debidamente realizado bajo el reglamento que para el efecto expida la Junta Directiva de La Fundación.

JUNTA DIRECTIVA

ARTÍCULO 23.Naturaleza.

La Junta Directiva es un órgano de gobierno permanente, elegido por la Asamblea General, para un período de dos (2) años y podrán ser reelegidos. Está integrada por tres (3) asociados activos: Gerente, Presidente, Vicepresidente, con voz y voto y secretaría con los suplentes, con voz, sin voto.

ARTÍCULO 24. Para ser integrante de la Junta directiva se requiere:

a) Ser integrante activo de la Fundación.

b) Estar a paz y salvo con la tesorería en el momento de la elección.

c) No haber tenido ningún tipo de sanción alguna por parte de la Fundación

d) Estar en disposición de desempeñar un cargo administrativo..

PARÁGRAFO: Todo cambio o reemplazo de uno de más integrantes de la Junta directiva se entiende que es para completar el período.

ARTÍCULO 25. Renuncias.

Cuando un integrante de la Junta Directiva renuncia, o sin justa causa deje de asistir a tres (3) reuniones consecutivas o no consecutivas sin justificación, los suplentes tomarán el cargo hasta que se designe su reemplazo con el nombramiento de suplentes, entre los candidatos que obtuvieron mayor votación para su cargo en la Asamblea General inmediatamente anterior o a quien a voluntad propia quiera asumir el cargo y sea presentado ante los Miembros de la Asamblea.

PARÁGRAFO: Cuando por renuncias o inasistencias a la Junta Directiva quede con menos de tres integrantes o quede vacante el cargo de Revisor fiscal, se convocará a una Asamblea Extraordinaria. Los convocantes podrán proponer candidatos a los cargos vacantes, los cuales serán elegidos siendo quórum, según lo acordado en el artículo 20.

ARTÍCULO 26. Decisiones.

Las Decisiones de la Junta directiva se tomarán, mediante resoluciones y de sus deliberaciones se dejará constancia en actas; se constituye quórum para deliberar y decidir la presencia de la mayoría de sus integrantes. Para elegir o cambiar el Representante Legal se requiere el 100% de los votos.

ARTÍCULO 27. Funciones.

Son funciones de la Junta Directiva las siguientes:

a) Dictar las decisiones y resoluciones, dándolas a conocer a los integrantes de la fundación mediante circulares u otro medio de información.

b) Establecer su propio reglamento interno y el de la Asamblea General, estos reglamentos serán puestos a discusión en cada uno de los organismos para su aprobación final.

c) Conceptuar acerca de la admisión y/o exclusión de integrantes, teniendo en cuenta los siguientes estatutos y las solicitudes a la Junta directiva.

d) Crear y nombrar los organismos y cargos administrativos que sean necesarios para el adecuado funcionamiento de La Fundación. La Junta directiva tiene potestad de elegir presidencia, vicepresidencia, secretaría, tesorería y revisor fiscal; ser miembro de la junta no impide que asuma funciones administrativas de La Fundación.

e) Aprobar los contratos y para comprar, vender, o gravar bienes que comprometan a La Fundación y los que señalen los estatutos, reglamentos, acuerdos de la Asamblea o la Junta Directiva, resoluciones o demás documentos.

f) Estudiar los informes y necesidades de los organismos internos o de los integrantes, tratando de responder a ellas, según el presupuesto y los programas aprobados en la Asamblea General o el determinado por la misma Junta para este fin.

g) Autorizar al representante legal junto a la gerencia para celebrar contratos cuyo valor no exceda los (25) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

h) Acordar con el Revisor fiscal, el sistema contable interno de la Fundación.

i) Aprobar en primera instancia los informes financieros y de cuentas, aspectos que el Presidente debe presentar luego a la Asamblea General.

j) Convocar a las sesiones de la Asamblea General ordinaria o extraordinaria cuando sea necesario y de la forma estipulada anteriormente en estos estatutos.

k) Examinar cuando considere necesario los archivos y estados financieros de la Fundación.

l) Asignar el valor de salarios, honorarios o comisiones de las personas designadas para el funcionamiento de la Fundación (actividades administrativas, de mercadeo y presentación y ejecución de proyectos, entre otras).

m) Las demás que le correspondan de acuerdo a estos estatutos.

ARTÍCULO 28. Reuniones.

La Junta Directiva sesionará ordinariamente por lo menos, una vez al mes mediante citación escrita del Presidente de la Junta Directiva o su suplente, con tres (3) días hábiles de anticipación y extraordinariamente para atender las situaciones urgentes y que requieran atención inmediata, mediante citación escrita del Presidente de la Junta Directiva o su suplente, con un día común de antelación. El quórum deliberativo lo constituye la asistencia de por lo menos la mitad más uno de sus integrantes y el decisorio, el voto favorable de la mitad más uno de sus asistentes. Transcurridos los 15 minutos siguientes a la hora a la cual fue citada la sesión, la Junta Directiva podrá deliberar y tomar decisiones si hay el quórum decisorio.

ASOCIADA PRINCIPAL y GERENCIA

ARTÍCULO 29. Es de carácter vitalicio en la persona de Margarita Rosa Tirado Mejia.

Funciones. Son funciones de la Gerencia :

a) Comparte la representación legal de la Fundación.

b) El cargo de Gerencia no impide desempeñar otro cargo en la Junta Directiva (Presidente, Vicepresidente).

c) Asegurar la dirección de La Fundación, como máxima autoridad de la misma, hasta considerar la Asamblea como necesaria para una decisión complementaria.

d) Nombrar en conjunto con la presidencia las personas para los cargos administrativos que sean necesarios al funcionamiento de la Fundación.

e) Acompañar y revisar el informe ejecutivo anual con la presidencia para presentarlo a la junta directiva para su revisión y aprobación y socialización posterior con la asamblea general.

f) Conocer y participar en el seguimiento al desarrollo de los contratos que comprometan a la Fundación y los que señalen los estatutos, reglamentos, acuerdos de la Asamblea o la Junta Directiva, resoluciones o demás documentos.

g) Celebrar actos y los contratos para el desarrollo del objeto social de La Fundación.

Cuando éstos no excedan de diez (20) salarios mínimos mensuales legales vigentes necesita de autorización previa de la Junta Directiva.

h) Verificar el cumplimiento de los procesos determinados por la Junta Directiva en la formulación, gestión y ejecución de los proyectos y su presentación de manera oportuna y con adecuada calidad.

PRESIDENCIA DE LA JUNTA DIRECTIVA Y REPRESENTACIÓN LEGAL

ARTÍCULO 30.Elección.

La presidencia es quien Representa legalmente de la Fundación y es elegido o elegida por la Junta Directiva, por períodos de dos (2) años. En sus ausencias, temporales o accidentales la Gerencia, lo reemplazará con las mismas facultades y limitaciones. El Presidente de la Junta Directiva continuará al frente de sus funciones hasta tanto se produzca nueva designación y entrega del cargo.

ARTÍCULO 31. Funciones.

Son funciones de la Presidencia de la Junta Directiva:

a) Actuar como representante legal de la Fundación.

b) Convocar y presidir todas las Asambleas, reuniones de la Junta Directiva y actos sociales de la Fundación.

c) Velar por los intereses de la Fundación debiendo firmar las actas, contratos, convenios, correspondencia especial, memorias y todos los documentos; sin dicha firma tales actos no tendrán validez.

d) Establecer acción jurídica a quienes malversen, destruyan o dañen los fondos o bienes de la Fundación.

e) Ordenar los gastos y firmar los pagos, dentro de sus limitaciones.

f) Presentar a la Asamblea l el informe escrito sobre los planes, programas y proyectos y el presupuesto anual de la fundación.

h) Hacer cumplir la Ley, los estatutos, los reglamentos internos, los acuerdos de la Asamblea, las resoluciones de la Junta Directiva, y los principios de la fundación.

i) Celebrar los actos y los contratos para el desarrollo del objeto social de la Fundación, cuando éstos no excedan de veinte (20) salarios mínimos mensuales legales vigentes, que necesita la autorización previa de la Junta Directiva.

j) Velar por el cumplimiento de las funciones asignadas a las personas en la realización de sus cargos y demás asuntos necesarios para el funcionamiento de la Fundación.

l) Proponer a consideración y aprobación de la Junta Directiva los planes, programas y proyectos de la Fundación.

m) Verificar el cumplimiento de los procesos determinados por la Junta Directiva en la formulación y presentación de los proyectos, velando que se realicen de manera oportuna y con adecuada calidad.

Parágrafo: El Suplente de la Presidencia es Representante Legal Suplente de éste, quien tendrá las mismas funciones, en caso de ausencia temporal o definitiva de éste.

VICEPRESIDENCIA

ARTÍCULO 32. Funciones. Son funciones de Vicepresidencia y suplente:

a) Informarse de las decisiones y acciones administrativas de La Fundación.

b) Cerciorarse de que las operaciones de La Fundación, se ajusten a los tiempos y normas legales, a los estatutos y a las decisiones de la Asamblea y de la Junta Directiva.

c) Informar oportunamente por escrito al Presidente de la Junta Directiva, a la Junta Directiva, o a la Asamblea, según corresponda jerárquicamente, de las irregularidades que observe en La Fundación y proponer las medidas para su remedio.

d) Velar porque se lleven regularmente la contabilidad y las actas de los órganos directivos y porque se conserven adecuadamente la correspondencia y los comprobantes de cuentas.

e) Inspeccionar los bienes de La Fundación, de acuerdo al inventario, solicitar los informes que para el efecto sean necesarios e impartir las instrucciones pertinentes para que oportunamente se tomen las medidas de conservación y seguridad de los mismos, así como de cualesquiera otros que a cualquier título tenga La Fundación.

f) Colaborar con las entidades gubernamentales que ejerzan la inspección y vigilancia de estas entidades y rendirles los informes a que haya lugar o le sean solicitados.

g) Participar con voz y voto en las reuniones de la Junta Directiva

h) Verificar la vigencia de las pólizas de seguros obligatorios.

i) Revisar y dar aval de las calidades de los asistentes a reuniones de la Asamblea, así como velar por el cumplimiento de las normas y disposiciones de su funcionamiento.

j)j Cumplir las demás atribuciones que le señalen las leyes o el reglamento y las que, siendo compatibles con las anteriores, le encomiende la Asamblea o la Junta Directiva.

REVISOR FISCAL

ARTÍCULO 33.No podrá ser integrante de la Fundación en ninguna de sus modalidades. Será nombrado por la Asamblea.

Funciones:

a) Velar porque se lleven actualizadas la contabilidad, la ejecución presupuestal y las actas.

b) Velar por que la Asamblea, la Junta directiva, los Comités de Trabajo y los asociados se ajusten en todos sus actos a las normas legales, estatutarias, reglamentarias y a los principios de esta Fundación.

c) Revisar las actas de la Asamblea, los libros de contabilidad y registros, la correspondencia, los archivos y documentos de la Fundación.

d) Informar a la Asamblea sobre la gestión administrativa de la Fundación.

e) Convocar a Asamblea extraordinaria cuando los integrantes de la Junta Directiva contravengan las normas legales, estatutarias o reglamentarias, o en los casos de vacancia.

f) Dar cuenta oportuna al órgano o funcionario competente de las irregularidades que ocurran en el funcionamiento de la Fundación y en el desarrollo de sus operaciones.

g) Colaborar con las entidades gubernamentales que ejerzan la inspección y vigilancia, además de rendir los informes que le sean solicitados.

h) Conocer los informes sobre los bienes de la fundación y las medidas de conservación y seguridad .

i) Las demás que le fijen las normas legales, estatutarias, reglamentarias o la Asamblea mediante acuerdos.

SECRETARIA

ARTÍCULO 34. Funciones.

a) Asistir a las reuniones de la Asamblea y de la Junta Directiva, elaborar y archivar las actas, firmarlas conjuntamente con el Presidente y ponerlas a disposición de los integrantes.

b) Llevar el archivo general de La Fundación.

c) Refrendar la firma del Presidente en los actos que lo requieran y firmar en ausencia de él la correspondencia especial.

d) Notificar, comunicar y publicar, según el procedimiento que deba seguirse en cada caso, los acuerdos, resoluciones, programaciones, boletines y en general divulgar, promover las actividades de la Fundación.

e) Enviar la comunicación de la convocatoria para las reuniones ordinarias y extraordinarias de la Junta directiva y la Asamblea.

f) Llevar en orden alfabético el directorio actualizado de los asociados y personas vinculadas a La Fundación.

g) Realizar un informe del inventario general de los bienes de la Fundación y los informes sobre su estado de conservación y seguridad.

h) Las demás que estos estatutos, la Asamblea o la Junta Directiva le asignen.

CAPÍTULO QUINTO

PATRIMONIO

ARTÍCULO 34. Patrimonio.El patrimonio de la Fundación esta constituido por la totalidad de los bienes muebles e inmuebles, tangibles e intangibles, títulos valores adquiridos o que se adquieran, archivos, acreencias, contratos, de los cuales se llevará un inventario debidamente valorizado.

Parágrafo: La Fundación re emprenderá funciones en el 2013, con un fondo inicial conformado por la suma total de un millón ochocientos los cuales fueron aportados así: millón quinientos mil $ 1´500.000 por Daniel López y los aportes iniciales de $100.000, de MRTM, se consignaron en la apertura de cuenta en DAVIVIENDA AHORROS # 136100152505 por los asociados y otras donaciones en especies y trabajo que se realicen posteriormente.

Sin cesión de la propiedad la donación es durante el año inicial de refundación, como donación se hace el el paralelo del contrato por valor de canon de arrendamiento anual, adecuado un lugar para la sede principal, oficina en La Reserva Natural La Rosa de los Vientos, para ser utilizada en forma de renta parcial. La oficina con dotación básica cuenta con mueble de computador, computador portátil y modem para conexión inalámbrica, 4 sillas, TV, DVD, VHS, proyector de diapositivas, retroproyector, piañas de micrófono, dos micrófonos, amplificador, pantalla de proyección. Proyectos escritos, libros folletos, investigaciones realizadas hasta la fecha 2013, CD´s y Disquetes, películas. Una cocina con estufa y nevera para 6 personas, mesa de comedor y sillas, por un valor anual en renta de diez millones de pesos $10.000.000. Donación de la biblioteca de la Reserva Natural La Rosa de los Vientos (inventariada) valor, diez millones $ 10.000.000. Para un total de veinte millones de pesos $20.000.000

Se facilita, en valor paralelo a alquiler de renta, una moto KASUKI 115, de placas QTL52B, modelo 2008, bajo responsabilidad de la fundación de comprarle seguro y hacerle su mantenimiento y responsabilidad, valor en renta durante 6 meses $1’000.000.

Maria Nohemy Londoño C Sin cesión de la propiedad, durante el año inicial de refundación, como donación, se hace en paralelo del contrato por valor de renta anual, un lugar para sede alterna de la Fundación, en la calle 65 #607, barrio La Florida, de Villamaría, Caldas, para ser utilizada como oficina en forma de renta parcial. La oficina dotada con computador conectado a red de Wi Fi, impresora, teléfono # 68741510, mobiliario básico, TV y DVD y cocineta, con dotación básica, para 6 personas, mesa de comedor y sillas, por un valor anual de diez millones de pesos, $10.000.000. Donación de la biblioteca (inventariada) valor, diez millones $ 10.000.000. Para un total de veinte millones de pesos $20.000.000. La Asamblea General determinará cada año la cuota de mantenimiento y si se contrata su alquiler.

              Patrimonio financiero Banco DAVIVIENDA            00.000.00

Bienes Inmuebles y muebles                                  000.000.00

Prestación de servicios asociados a la marca             00.000.00

T            Total Patrimonial                                               00.000.00

Cuarenta y siete millones trescientos mil pesos.

Queda pendiente definir el valor del Patrimonio Intangible de la Fundación ya que está en proceso la gestión de la formulación de un proyecto de investigación universitaria a nivel de pregrado o posgrado.

ARTÍCULO 35.Origen de los Fondos.

a) Los aportes ordinarios y extraordinarios hechos por los asociados de la Fundación.

b) El producto de contratos o convenios que para la prestación de servicios celebre la Fundación.

c) El valor de las donaciones, subsidios, aportes, contribuciones y similares, que por parte de personas naturales o jurídicas privadas, regionales, nacionales internacionales o extranjeras se la hagan a la Fundación.

d) Las utilidades y rentas obtenidas de sus propios bienes.

e) En general todos los ingresos que ha su nombre se pueda obtener lícitamente.

ARTÍCULO 36. Destino del Patrimonio. Los bienes y fondos de la Fundación son indivisibles; ni los fundadores, ni persona alguna derivan de la Fundación ventajas especiales, ni recibirán suma alguna por concepto de utilidades o reparto de excedentes. Las personas naturales o jurídicas que donen bienes no tendrán preeminencia alguna en la Fundación por el solo hecho de la donación. Ninguna parte de las utilidades, valoraciones, provechos, rentas o beneficios que se obtengan ingresarán en ningún momento al patrimonio de los integrantes de la Fundación, ni aún por razón de liquidación; las utilidades serán aplicables, en cuanto no se capitalicen, a los fines de la Fundación y en caso de liquidación se observará lo previsto por las leyes y los estatutos.

ARTÍCULO 37. Del Presupuesto. El presupuesto de ingresos y egresos para el funcionamiento e inversión de la Fundación será ejecutado durante doce (12) meses y se presentará por la Presidencia de la Junta Directiva, para la revisión y aprobación de la Asamblea Ordinaria de cada año.

ARTÍCULO 38.Cuotas Extraordinarias. Las cuotas extraordinarias podrán acordarse una sola vez en el ejercicio fiscal y con el exclusivo fin de atender una ineludible e imprevista necesidad o realizar una provechosa inversión de beneficio común, dentro de los objetivos de la Fundación. El valor de las cuotas extraordinarias estará acorde a la necesidad.

ARTÍCULO 39. De la Conservación y Manejo de los Bienes y Fondos: La conservación, incremento y manejo de los bienes y fondos de la Fundación están bajo la responsabilidad de la Junta Directiva y para garantizarles, se presentarán las finanzas y se tomarán los seguros para las cuantías que cubran los posibles riesgos. Las primas correspondientes serán pagadas por la Fundación. Los fondos financieros de la Fundación se mantendrán depositados en entidades bancarias, mediante cuentas de ahorro, títulos de captación, CDT, cédulas de capitalización nacional o extranjera abiertas a su nombre; las erogaciones se firmarán por la representación legal o la dirección ejecutiva.

 

Banco Davivienda

(6) 7451277-7454761-7459432 , Av Bolivar 2N-00 Parque Fundadores

Código Swift   CAFECOBB

 

OFICINA:FUNDADORES
SUCURSAL:ARMENIA
RED:DAVIVIENDA
DIRECCIÓN: Avenida Bolivar No. 2N-00
TELÉFONOS:(6) 7451277-7454761-7459432
HORARIO NORMAL LUNES A VIERNES:08:00 a 11:30 y 02:00 a 04:00
HORARIO ADICIONAL LUNES A VIERNES:05:00 a 08:00
HORARIO ADICIONAL SÁBADO:09:00 a 02:00

Publicado 1st November 2015 por LA ROSA DE LOS VIENTOS

 

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mar17 de diciembre de 2015, 8:48

Our organization is based in environmental processes, to achieve armonious life in the ways of etno-biology, intercultural embrace, with indigenous women and communities, women peasants, workers, the first ecovillage of women Nashira, women in Nonviolence, different collectivs for peace, involving, spiritual eco feminism, art, educational circles, tradicional medicines, some cientific reserch in biology, (in wich we, Reserva Natural La Rosa de los Vientos) sponsor the hosting of the students, all we have done until now, has not being paid, we did it, in management for others to execute under the service like charity. With Genevieve and your Trust, is the first time, we are asking for support to be able to go on and be sustainable.

1. Give a brief description of your organization and its current activities:
We are activist, with all groups that vist us like schools, universities, travelers, we move towards others, we write, we dance, we sing, we create poetry to each situation, we give support and energy, knowledge and love, psicological group support, we do conferences, we promote spiritual circles in all different meetings, activist in women circles.
After legaly stablished in March 15, 1998, the Foundation has work as volunteers, growing and metting its objectives and development of environmental, social, ecofeminist, gender, artistic, scientific management processes as a legal entity and strategic social actor in the implementation of different mechanisms for citizen participation, in a very poor region, were danger and difficult life was performing, We did very intense work until I, Margarita Rosa, was threatened with death , and pursued. However among others, we present some of our achievements in the change of a cultural process we impulse and create.
-We 3 women, went house by house, meeting the population, doing healing, rehabilitation, and getting to know all people, through that we became social activists.
-We have promote and done a big concert called: “Concierto de Libertades” = " Freedom Concert " at the principal “Plaza de Bolivar”, Armenia, with the presence of more than 20 artistic groups, and different schools and organizations.
-We got the contacts and management for Public Lighting for the little town, Boquía, a very poor and complicated population, were our Natural Reserve is (already for 24 years), in Vereda de Boquía, work done by the Committee of Coffee Growers.
-Proceded legal demand against the Mayor of Salento, for environmental violation in zone adjacent to the Reserve road and the Monument “the bridge of Amparo”.
-We serch and got the sewage system, or basic sanitation management for the whole population of Boquia, 85 houses.
-We got through the governor of Quindio, the better rode in paviment until our Boquía.
-denuncia
-We made legal complaint against mayor of Armenia by cutting down 450 trees without consulting citizens;
-With the participation of members of the population and being part of the community council (JAC of Vereda Boquía), our Foundation promote and led the development management and creating an environmental, historical and present culture through the project " Boquía LIVING PARK", undertaking the following subprojects : organic gardens for food, with SENA.
-Reforestation of the rounds or sides od the river (Rio) Quindio with St. Thomas University in Armenia.
-Program Training with the Hotel Centenario, in preparation of the population in popular cuisine and attention to tourists.
- Installation and training in carpentry in the communal house and with their training.

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La composición accionaria de la Fundación:

ANDRADE LONDOÑO ALEJANDRA             C.C. 1.053.765.447

MARGARITA ROSA TIRADO MEJÍA               C.C.      24.320.249

ROSALBA FRÍAS NAVARRO                           C.C.      51.596.582

LONDOÑO CUARTAS MARÍA NOHEMY       C.C.      24.317.914

 REPRESENTANTES LEGALES PRINCIPALES:

                                  

ANDRADE LONDOÑO ALEJANDRA          MARGARITA ROSA TIRADO MEJÍA              

         C.C. 1.053.765.447                                   C.C.      24.320.249


CERTIFICAMOS QUE LA COMPOSICIÓN ACCIONARIA DE LA FUNDACIÓN ES:

 ANDRADE LONDOÑO ALEJANDRA             C.C. 1.053.765.447

MARGARITA ROSA TIRADO MEJÍA               C.C.      24.320.249

ROSALBA FRÍAS NAVARRO                           C.C.      51.596.582

LONDOÑO CUARTAS MARÍA NOHEMY       C.C.      24.317.914

  

REPRESENTANTES LEGALES PRINCIPALES:

                                                                      

ANDRADE LONDOÑO ALEJANDRA          MARGARITA ROSA TIRADO MEJÍA